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¿Cuántos días libres me corresponden según la ley?

I

Pregunta

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Entiendo que quieres saber cuántos “días libres” te corresponden por ley en Segovia. En España, esto depende de si hablas de vacaciones anuales, descansos semanales, festivos o permisos retribuidos.

  1. Vacaciones anuales Generalmente, el mínimo legal son 30 días naturales al año (equivalente habitual a 22 días laborables), según el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). El convenio colectivo puede mejorar este mínimo, pero no empeorarlo. Las vacaciones no se sustituyen por dinero salvo al finalizar el contrato (pago de vacaciones no disfrutadas).

  2. Descanso semanal y entre jornadas La ley reconoce un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido (habitualmente, sábado tarde y domingo o domingo y lunes), según el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). Además, suele corresponder un descanso mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.

  3. Festivos Cada año hay un calendario de festivos (nacionales, autonómicos de Castilla y León y locales de Segovia). En muchos casos, si trabajas un festivo, el convenio o el acuerdo de empresa regula si se compensa con descanso equivalente y/o con un plus.

  4. Permisos retribuidos (“días por”) El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) recoge permisos retribuidos (por ejemplo, por matrimonio/registro, fallecimiento de familiares, mudanza, deber inexcusable, etc.), pero su duración concreta puede variar por convenio y por reformas recientes aplicables.

Pasos recomendables

  • Revisa tu convenio colectivo (es clave para saber días exactos y mejoras).
  • Comprueba tu contrato y el calendario laboral de Segovia/Castilla y León.
  • Si me dices tu sector (hostelería, comercio, construcción, oficina, etc.) y tu tipo de jornada, podría orientarte mejor sobre qué convenio mirar y qué apartados revisar.
  • Si hay discrepancias con la empresa, podría ser útil consultar con un graduado social, sindicato o abogado laboralista con tu documentación.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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