¿Cuánto tiempo se tarda en dictar sentencia en un juicio social celebrado el 10 de febrero?
Silvia
Pregunta
¿Cuánto tiempo se tarda en dictar sentencia en un juicio social celebrado el 10 de febrero?
Silvia
Pregunta
Si el juicio social (laboral) se celebró el 10 de febrero en Lugo, es normal que ahora la duda principal sea cuánto puede tardar el Juzgado de lo Social en dictar la sentencia. Ese plazo puede variar bastante según la carga de trabajo del juzgado y la complejidad del caso.
En la jurisdicción social, la norma básica es la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Esta ley establece que, una vez celebrado el juicio, el juez o jueza debería dictar sentencia en un plazo relativamente breve. En concreto, con carácter general, la sentencia se dicta dentro de los cinco días siguientes a la terminación del juicio. Ahora bien, en la práctica este plazo puede no cumplirse de forma estricta por acumulación de asuntos, necesidad de revisar documentación, valorar pruebas (por ejemplo, testigos o informes) o redactar una resolución más extensa.
Además, si tras el juicio se hubiera acordado alguna diligencia adicional (por ejemplo, pedir un documento concreto, o aclaraciones), el cómputo real puede alargarse porque la sentencia suele dictarse cuando el asunto está “visto para sentencia” de manera efectiva.
Qué podría hacer usted en este punto, de forma práctica:
Consultar el estado del procedimiento. Puede hacerse a través de su abogado/a o graduado/a social, o verificando si hay notificaciones pendientes en la sede judicial electrónica, si está dado de alta.
Contactar con el Juzgado (normalmente a través del profesional que le represente). En muchos casos pueden indicar si la sentencia está ya redactada o pendiente de firma/notificación.
Revisar plazos posteriores. Una vez notificada la sentencia, empezarán a contar los plazos para recurrir, si procede (por ejemplo, recurso de suplicación en determinados casos). Conviene tenerlo controlado desde el primer día de notificación.
Si me dice de qué tipo de asunto laboral se trata (despido, reclamación de cantidad, incapacidad, etc.) y si tiene representación profesional, puedo orientarle mejor sobre qué suele pasar después del juicio y qué señales mirar para estimar tiempos.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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