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¿Cuánto tiempo esperar para ejecutar la sentencia tras ganar un juicio por 3000 euros?

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Pregunta

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Por lo que indicas, has ganado un juicio por una cantidad relativamente pequeña (3.000 €) y te planteas cuánto conviene esperar antes de pedir la ejecución para cobrar si la otra parte no paga voluntariamente.

En España, tras una sentencia de condena al pago, lo habitual es esperar a que la resolución sea firme o, si ya es ejecutable, valorar pedir la ejecución cuanto antes. La Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil) regula dos ideas clave:

  1. Firmeza y plazos para recurrir.
    Generalmente, la otra parte dispone de un plazo para recurrir (según el tipo de procedimiento y resolución). Si recurre, el cobro puede demorarse. Aun así, en determinados casos puede existir “ejecución provisional” de sentencias no firmes (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil), lo que permite intentar cobrar mientras se resuelve el recurso, aunque con matices y riesgos procesales que conviene revisar.

  2. Plazo para pedir la ejecución.
    El derecho a solicitar la ejecución de una sentencia no dura indefinidamente. Con carácter general, la acción ejecutiva caduca a los 5 años desde que la sentencia es firme (artículo 518 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil). Por eso, aunque podrías esperar, suele ser prudente no dejar pasar el tiempo.

Pasos que podrías seguir en la práctica (orientativo):

  • Comprobar si la sentencia ya es firme y si ha transcurrido el plazo de recurso.
  • Si no te han pagado, enviar un requerimiento de pago breve (a veces facilita un pago voluntario).
  • Presentar demanda de ejecución ante el mismo juzgado, solicitando que se despache ejecución por principal, intereses y costas si proceden (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil).
  • Pedir medidas de averiguación patrimonial y embargo (cuentas, nómina, devoluciones tributarias, vehículos, etc.).

En Pontevedra (Galicia) no hay especialidades de derecho civil propio relevantes para este punto procesal: aplica la normativa estatal. Si quieres, dime si la sentencia es firme y si sabes si la otra parte ha recurrido, y te indico qué escenario suele encajar mejor.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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