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¿Cuánto tarda un juez en dictar sentencia tras el juicio?

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Entiendo tu duda: después de celebrar el juicio, es normal querer saber cuánto tiempo puede pasar hasta que el juez dicte sentencia. En La Rioja, como en el resto de España, el plazo depende sobre todo del tipo de procedimiento y de la carga de trabajo del juzgado.

En términos generales, hay plazos “orientativos” en la ley, pero no siempre se cumplen de forma estricta:

  • En el orden civil, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, establece que, tras el juicio, la sentencia debería dictarse en un plazo de 20 días. En la práctica, si el asunto es complejo, hay muchas pruebas, o el juzgado tiene retraso, puede tardar más.

  • En el orden penal, los tiempos varían mucho según si se trata de un juicio rápido, un procedimiento abreviado o un juicio con jurado. La Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) regula los trámites, pero los plazos pueden ser menos “cerrados” y la duración real depende del tipo de juzgado y del volumen de asuntos. En juicios rápidos, a veces la resolución puede ser muy cercana al acto del juicio; en otros procedimientos, puede demorarse semanas o meses.

  • En el orden social (laboral), la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, también prevé plazos para dictar sentencia, pero la demora puede variar según el juzgado.

Pasos que podrías seguir:

  1. Consultar a tu abogado/a o procurador/a: suelen poder ver el estado del procedimiento y si está “visto para sentencia”.
  2. Preguntar en el juzgado por el estado del asunto (normalmente lo hace el procurador).
  3. Si el retraso es muy prolongado, valorar con tu profesional si procede presentar un escrito solicitando “pronta resolución”, que es una petición formal para que se dicte sentencia cuanto antes.

Si me dices si el juicio era civil, penal, laboral o contencioso-administrativo y el tipo de procedimiento, puedo orientarte mejor sobre los plazos habituales y qué seguimiento suele hacerse.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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