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¿Cómo se interpone una demanda por usura en el sistema legal español?

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Si en Salamanca considera que un préstamo o una tarjeta (por ejemplo, “revolving”) le aplicó un interés desproporcionado, en España es posible reclamar judicialmente la nulidad por usura y la devolución de cantidades pagadas de más.

El marco principal es la Ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura (conocida como “Ley Azcárate”). En términos sencillos, permite pedir que un contrato de préstamo sea declarado nulo si el interés es “notablemente superior al normal del dinero” y además resulta “manifiestamente desproporcionado” con las circunstancias del caso. En la práctica, los juzgados suelen comparar el interés aplicado (TAE) con tipos medios de productos similares en la fecha de contratación, y valoran también cómo se comercializó el producto y la información facilitada. No es un tema de derecho civil autonómico, por lo que en Castilla y León se aplica la normativa estatal general.

Pasos que generalmente podría seguir:

  1. Reunir documentación: contrato, extractos/recibos, cuadro de amortización si existe, comunicaciones con la entidad y prueba del interés aplicado (TAE). Si no los tiene, podría solicitarlos a la entidad por escrito.

  2. Calcular una estimación de lo reclamable: normalmente se pide la nulidad del contrato por usura y, como efecto, que el prestatario solo deba devolver el capital realmente recibido, compensando lo ya pagado; si se pagó más del capital, podría solicitarse la devolución del exceso.

  3. Reclamación previa: en muchos casos conviene reclamar primero al Servicio de Atención al Cliente de la entidad. No siempre es obligatorio, pero puede ayudar a documentar el conflicto.

  4. Presentar demanda civil: se tramita conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Por cuantía, el procedimiento suele ser juicio ordinario si excede de 6.000 euros y verbal si no. Si la cuantía supera 2.000 euros, normalmente será necesaria la intervención de abogado y procurador.

  5. Prueba y vista: el juez valorará el tipo de interés, el mercado de referencia y las circunstancias. La entidad demandada contestará y podría oponerse.

Dado que los detalles (tipo de producto, fecha, TAE, documentación) son decisivos, suele ser muy útil que un abogado revise el contrato y haga un cálculo previo antes de demandar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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