General

¿Cómo se inicia una ejecución de sentencia en el sistema judicial español?

R

Pregunta

Respuesta automática

Si ya tiene una sentencia a su favor y la otra parte no la cumple voluntariamente (por ejemplo, no paga una cantidad, no entrega un bien o no hace/cesa una conducta), en España puede solicitar que el juzgado la haga cumplir mediante un procedimiento de ejecución.

En términos generales, la ejecución de sentencias civiles se regula en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. La idea básica es que el juzgado que dictó la sentencia (normalmente el Juzgado de Primera Instancia que llevó el asunto, en su partido judicial) adopte medidas para lograr el cumplimiento: embargo de bienes, retención de saldos, anotaciones registrales, requerimientos, multas coercitivas en obligaciones de hacer, etc., según el caso.

Pasos habituales para iniciar una ejecución:

  1. Comprobar si la sentencia es “ejecutable”. Muchas sentencias lo son cuando ya son firmes (no cabe recurso) o cuando, aun no siendo firmes, la ley permite la ejecución provisional. Esto depende del tipo de resolución y del procedimiento.
  2. Presentar una “demanda ejecutiva” o solicitud de ejecución ante el mismo juzgado que dictó la sentencia. En esa solicitud se identifican la sentencia y las partes, y se pide el despacho de ejecución por una cantidad concreta o por una obligación concreta.
  3. Aportar documentación y cálculo de cantidades. Si es una condena de pago, suele indicarse el principal debido y una previsión para intereses y costas. Si se desconocen bienes del deudor, se puede pedir al juzgado averiguación patrimonial a través de bases oficiales.
  4. Una vez admitida, el juzgado dicta un auto despachando ejecución y puede acordar embargos o requerimientos. La parte ejecutada puede formular oposición en ciertos supuestos y plazos, pero eso no siempre paraliza todas las medidas.

En muchos casos es preceptivo actuar con abogado y procurador (según cuantía y tipo de asunto). Dado que está en Soria, lo normal es tramitarlo ante el juzgado competente de su partido judicial. Si me indica si la sentencia es civil, laboral o contencioso-administrativa y qué se condenó (pago, entrega, hacer/no hacer), podría orientarle mejor sobre el cauce y los documentos más habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en General.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita