¿Cómo puedo vender un pagaré antiguo del año 1276 de Alfonso X el Sabio?
Lucía
Pregunta
¿Cómo puedo vender un pagaré antiguo del año 1276 de Alfonso X el Sabio?
Lucía
Pregunta
Por lo que indicas, quieres vender un “pagaré” muy antiguo atribuido a Alfonso X (año 1276) estando en Cádiz. En la práctica, un documento así suele tratarse más como un bien histórico/coleccionable que como un título de crédito cobrable.
Aclaración importante sobre el “pagaré” El pagaré, tal y como hoy se entiende, está regulado por la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque. Un documento de 1276 normalmente no funcionaría como pagaré moderno ni sería exigible como deuda: aunque fuera auténtico, la reclamación de una obligación de pago estaría, en términos actuales, claramente afectada por la prescripción/extinción del derecho. Por eso, la venta suele enfocarse al valor histórico, paleográfico o numismático/documental, no al “cobro”.
Régimen de patrimonio histórico (muy relevante) Si el documento es auténtico y tiene valor histórico, puede quedar afectado por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y también por la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. Estas normas contemplan obligaciones de conservación y, en determinados supuestos, limitaciones a la exportación, posibles derechos de tanteo y retracto por parte de la Administración, y deberes de comunicación si se pretende sacar la pieza de España o si está protegida (por ejemplo, si estuviera declarada Bien de Interés Cultural o incluida en un inventario).
Pasos recomendables
Si me dices si está en pergamino/papel, su tamaño, estado de conservación y si tiene sellos o signos notariales, podré orientarte mejor sobre el enfoque más adecuado (subasta, peritaje, o consulta patrimonial).
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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