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¿Cómo puedo obligar legalmente a alguien a pagarme?

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Si alguien te debe dinero en Cuenca y no paga voluntariamente, en España normalmente la forma de “obligar” legalmente a pagar pasa por acreditar la deuda y, si no hay acuerdo, reclamarla por vías formales hasta poder ejecutar (embargar) bienes si fuese necesario.

Aspectos legales clave

  • Para reclamar una deuda suele ser importante que sea “exigible”: que exista una obligación de pago y que ya haya vencido (por ejemplo, una factura vencida, un préstamo entre particulares, un alquiler impagado).
  • La prueba es esencial. Sirven contratos, presupuestos aceptados, facturas, albaranes, transferencias, WhatsApps/emails donde se reconozca la deuda, etc. Esto se apoya en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889, por el que se publica el Código Civil), que regula las obligaciones y contratos.
  • Si no hay documento formal, a veces igualmente se puede reclamar, pero suele ser más discutido y dependerá de la evidencia disponible.

Pasos habituales que podrías seguir

  1. Reunir y ordenar pruebas: importe, concepto, fechas, datos del deudor y cómo se generó la deuda.
  2. Requerimiento de pago: enviar una comunicación fehaciente (por ejemplo, burofax con certificación de contenido y acuse de recibo) detallando la cantidad, el motivo y un plazo. Esto puede favorecer un acuerdo y dejar constancia.
  3. Negociación/plan de pagos: en muchos casos un acuerdo por escrito con calendario y forma de pago evita el pleito.
  4. Vía judicial: si no paga, podrías plantear un “procedimiento monitorio” para deudas dinerarias acreditadas (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil). Suele ser una vía frecuente cuando hay facturas, contratos o mensajes claros. Si la otra parte se opone, el asunto podría pasar a un procedimiento declarativo.
  5. Ejecución: si obtienes una resolución favorable y aun así no paga, podrías solicitar la ejecución para intentar el cobro mediante embargo, según la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, respetando los límites legales (por ejemplo, sobre salarios).

Si me dices de qué tipo de deuda se trata (importe, si hay contrato/factura y desde cuándo), puedo orientarte sobre qué vía suele encajar mejor y qué documentos conviene preparar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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