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¿Cómo puedo obligar legalmente a alguien a cercar su terreno?

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Pregunta

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Entiendo que estás buscando la forma de conseguir que el propietario de una finca colindante en Las Palmas la cierre o la cerque, probablemente porque te está causando molestias (intrusiones, paso de animales/personas, lindes poco claras, etc.).

En España, la regla general es que un propietario no suele estar obligado automáticamente a cercar su terreno solo porque el vecino lo pida. Lo que sí existe es el “derecho de cerramiento” o de cercar: cualquier propietario puede, en muchos casos, cerrar su finca, pero eso no implica por sí mismo un deber de hacerlo. Esta cuestión se encuadra en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil), dentro de las normas de propiedad y relaciones de vecindad.

Ahora bien, podría haber situaciones en las que sí haya una base para exigir actuaciones al vecino, por ejemplo:

  • Si existe un acuerdo previo (contrato, servidumbre, estatutos de una comunidad, etc.) que le obligue a mantener un cerramiento.
  • Si hay una resolución administrativa o normativa sectorial que imponga vallado (por ejemplo, por seguridad, protección de cultivos o ganadería, caminos, o normativa municipal). Aquí pueden influir ordenanzas del ayuntamiento o reglas urbanísticas.
  • Si la falta de cierre está provocando daños o intromisiones concretas (p. ej., entrada de ganado, ocupaciones, vertidos). En ese caso, más que “obligar a cercar”, lo habitual es reclamar el cese de la conducta dañosa y/o la reparación de daños, y el vallado podría plantearse como una medida para evitar que se repita.

Pasos que podrías seguir:

  1. Identificar el problema exacto (daños, invasiones, linde confuso) y recopilar pruebas: fotos, fechas, testigos, informes.
  2. Revisar Catastro/Registro y, si hay dudas de linderos, valorar un informe topográfico.
  3. Enviar un requerimiento fehaciente (burofax con certificación de texto y acuse) solicitando solución concreta.
  4. Consultar en tu ayuntamiento si hay obligación de cerramiento por normativa local.
  5. Si no hay acuerdo, valorar una reclamación civil: de deslinde y amojonamiento si el problema es el límite, o de cesación/daños si el problema es la intromisión.

Si me indicas qué te está ocurriendo exactamente (animales, ocupación, linderos, seguridad, camino), podré orientarte mejor sobre la vía más adecuada.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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