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¿Cómo puedo inscribir una plaza de garaje en el registro?

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Inscribir una plaza de garaje en el Registro de la Propiedad suele ser posible, pero los pasos dependen de si la plaza es una “finca registral” independiente o si está vinculada a una vivienda como anexo o participación en un garaje comunitario. En Alicante se aplica la normativa estatal y, en su caso, las reglas de propiedad horizontal del edificio.

Desde el punto de vista legal, la inscripción se rige principalmente por la Ley Hipotecaria (aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946) y su normativa de desarrollo, y por el Código Civil. Si la plaza está en un edificio en comunidad, también es clave la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, porque determina si la plaza tiene cuota propia, si es un elemento privativo (plaza concreta) o si el uso se atribuye mediante un derecho de uso sobre un elemento común.

En muchos casos, para poder inscribirla necesitará un “título” inscribible: normalmente una escritura pública (por ejemplo, compraventa, extinción de condominio, obra nueva y división horizontal, segregación/agrupación), otorgada ante notario. Además, el Registro exige una descripción suficiente (ubicación, superficie, linderos o referencia dentro del garaje, y a veces plano o anejo). Si la plaza procede de una división del garaje, podría requerirse el acuerdo comunitario y que la división conste en escritura, conforme a la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.

Pasos orientativos habituales:

  1. Revisar su documentación: escritura, nota simple registral del edificio/garaje y, si existe, estatutos de la comunidad.
  2. Confirmar el “tipo” de plaza: finca independiente, anexo inseparable de una vivienda o derecho de uso en elemento común.
  3. Si falta escritura adecuada, acudir a notaría para preparar el instrumento correcto (según el caso, compraventa, rectificación, división horizontal, etc.).
  4. Liquidar impuestos que correspondan (por ejemplo, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, según el acto).
  5. Presentar la escritura en el Registro de la Propiedad competente en Alicante para su calificación e inscripción.

Si me indica si la plaza tiene escritura propia y si figura como finca independiente o como anexo, puedo orientarle mejor sobre el camino más probable.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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