General

¿Cómo puedo desalojar un bar traspasado por el que no recibo ingresos?

D

Pregunta

Respuesta automática

Por lo que indicas, traspasaste un bar (probablemente mediante un contrato con el nuevo explotador) y, pese a ello, no estás recibiendo los ingresos pactados, y te planteas recuperar el local y desalojar al ocupante.

En Albacete se aplica el derecho común (Código Civil), y si hay un arrendamiento de local de negocio, también es clave la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. En muchos “traspasos” se mezclan dos planos: 1) la cesión o venta del negocio (clientela, mobiliario, licencias si procede) y 2) el uso del local (arrendamiento o subarriendo). Para “desalojar” normalmente hay que apoyarse en el incumplimiento del contrato de arrendamiento/subarriendo o en la falta de título para ocupar el local.

Aspectos relevantes que conviene revisar:

  • Qué firmaste exactamente: contrato de traspaso, arrendamiento, subarriendo o cesión del contrato.
  • Quién es el propietario del local y quién cobra la renta.
  • Qué pagos han dejado de hacerse: renta, porcentaje, cuotas, suministros, etc.
  • Si el contrato incluye cláusula de resolución por impago o por incumplimiento grave.

Pasos que podrías seguir (habituales):

  1. Reunir documentación y pruebas: contrato, recibos, transferencias, comunicaciones, facturas impagadas, etc.
  2. Enviar un requerimiento fehaciente (por ejemplo, burofax con certificación de contenido) reclamando lo adeudado y exigiendo regularización en un plazo, advirtiendo de resolución del contrato si no paga. Esto ayuda a dejar constancia del incumplimiento.
  3. Si no se soluciona, plantear acciones judiciales según el caso:
    • Desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, si existe arrendamiento/subarriendo (Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, y Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil).
    • Resolución contractual y reclamación de cantidad por incumplimiento (Código Civil), si el núcleo del problema es el contrato de traspaso/cesión de negocio.
    • Si no hay contrato válido o ha expirado, podría valorarse una acción para recuperar la posesión.

Evita cortar suministros o cambiar cerraduras por tu cuenta, porque podría generarte problemas. Dado que estos asuntos dependen mucho de cómo esté redactado el “traspaso” y de quién figure como arrendador, suele ser muy recomendable que un abogado revise la documentación antes de actuar. Si me indicas si eres propietario del local o arrendatario, y qué pagos concretos faltan, puedo orientarte mejor sobre la vía más habitual.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en General.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita