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¿Cómo puedo demandar legalmente al esposo de mi mamá, es decir, a mi padrastro?

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Pregunta

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Entiendo que quieres saber cómo actuar legalmente contra el esposo de tu madre (tu padrastro) y qué vías existen en España desde Murcia para “demandarle”, según lo que haya ocurrido.

Lo primero es concretar el motivo, porque “demandar” puede ser por vía civil, penal o de familia. En España no existe un “procedimiento especial” por ser padrastro: se le reclama como a cualquier otra persona, aunque en temas de convivencia familiar pueden intervenir servicios sociales o juzgados especializados.

  1. Si ha habido amenazas, agresiones, coacciones, acoso o delitos similares, podría ser una cuestión penal. En ese caso, normalmente se presenta una denuncia ante Policía Nacional/Guardia Civil o en el Juzgado de Guardia. Si hay riesgo, podría solicitarse una orden de protección o medidas cautelares. Aquí pueden aplicar la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (cuando la víctima es la pareja o expareja mujer) y, en otros casos de violencia doméstica/familiar, el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por la que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

  2. Si el problema es económico o patrimonial (por ejemplo, te debe dinero, ha dañado tus cosas, ocupa una vivienda, etc.), suele encauzarse por vía civil. Se utiliza la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889). Según el caso, podría tratarse de una reclamación de cantidad, responsabilidad por daños, desahucio u otras acciones.

  3. Si el conflicto afecta a tu madre (separación, uso de vivienda, medidas respecto a hijos menores), es materia de familia. Tu madre normalmente sería quien ejercite las acciones, aunque tú podrías tener interés si eres menor o dependes económicamente, o si hay situaciones de riesgo. La normativa clave suele ser el Código Civil y la Ley 15/2005, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

Pasos prácticos que podrías seguir:

  • Reunir pruebas: mensajes, audios, testigos, informes médicos, partes de lesiones, documentos.
  • Identificar exactamente qué pides: protección, cese de conductas, indemnización, devolución de bienes, etc.
  • Pedir orientación a un abogado; si no puedes costearlo, valorar asistencia jurídica gratuita según la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita.
  • Si hay urgencia o peligro, acudir de inmediato a la policía o al juzgado de guardia.

Si me dices qué ha pasado (amenazas, violencia, dinero, vivienda, convivencia) y si eres mayor de edad, puedo orientarte mejor sobre la vía más adecuada y los primeros pasos.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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