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¿Cómo puedo cambiar mi primer apellido legalmente?

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Entiendo que quieres modificar tu primer apellido en tu documentación oficial. En Segovia, como en el resto de España, este tipo de cambio se tramita normalmente a través del Registro Civil y está sujeto a ciertos requisitos.

En España, los apellidos forman parte del “nombre” a efectos registrales y su modificación se regula principalmente en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y en el Código Civil. En términos generales, no se cambia un apellido “por preferencia”, sino cuando existe una causa o interés legítimo y el cambio no perjudica a terceros ni genera confusión sobre la identidad.

Situaciones relativamente habituales en las que podría solicitarse un cambio del primer apellido incluyen:

  • Invertir el orden de los apellidos (pasar el segundo a primero), algo que en muchos casos se tramita como cambio de orden más que como sustitución del apellido.
  • Adecuar el apellido al uso habitual si puedes acreditar que te conocen de forma constante con otro (por ejemplo, por razones familiares o sociales), siempre que se cumplan los requisitos.
  • Corregir errores registrales, adaptaciones ortográficas o regularizar discrepancias en inscripciones.
  • Evitar un apellido que pueda resultar objetivamente inconveniente por su significado o por causar perjuicios, valorándose caso por caso.

Pasos orientativos que podrías seguir:

  1. Solicitar información y cita en el Registro Civil competente (en general, el de tu domicilio o el que corresponda por tu inscripción de nacimiento). En algunos casos puede gestionarse también por vía electrónica según disponibilidad.
  2. Preparar la solicitud indicando claramente qué cambio pides (cambio de orden o cambio de apellido) y el motivo.
  3. Aportar documentación: DNI/NIE, certificación literal de nacimiento, certificado de empadronamiento y, según el motivo, pruebas del uso habitual (documentos, certificados, testimonios) u otros justificantes.
  4. Esperar la tramitación y la resolución. Si no fuese favorable, normalmente existen vías de recurso administrativo.

Castilla y León no tiene un derecho civil propio en materia de apellidos, por lo que se aplica el régimen estatal. Para afinar el motivo y la estrategia documental, suele ser muy útil consultar con un profesional o pedir orientación previa en el propio Registro Civil.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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