Por lo que indicas, eres extranjera, residías o trabajaste en España (en Albacete) y ahora ya no estás trabajando aquí, pero te preocupa qué pasa con tu “fondo de pensiones” y si puedes recuperarlo o cobrarlo en el futuro.
En España conviene distinguir dos cosas:
- Pensión pública (Seguridad Social)
Si trabajaste con contrato y cotizaste, esas cotizaciones quedan registradas a tu nombre aunque dejes de trabajar o te vayas del país. La pensión de jubilación se rige principalmente por el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015. En general, no se “recuperan” las cotizaciones en forma de devolución por dejar España. Lo habitual es que, cuando cumplas la edad y requisitos, puedas solicitar la pensión española o que se totalicen periodos cotizados con otros países si hay coordinación internacional.
Si eres de un país de la UE/EEE/Suiza, suele aplicarse la coordinación de sistemas por el Reglamento (CE) nº 883/2004 y su Reglamento (CE) nº 987/2009, que permiten sumar periodos cotizados en distintos países para cumplir requisitos. Si eres de un tercer país, puede haber convenio bilateral de Seguridad Social (depende del país), que también suele permitir totalización.
- Plan de pensiones privado (banco/aseguradora)
Si lo que tienes es un plan de pensiones privado, se aplica el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, y su desarrollo reglamentario. En este caso, el dinero no se pierde por irte, pero generalmente no se puede rescatar libremente por “dejar de trabajar” o por “salir de España”. Solo se puede rescatar por contingencias (jubilación, incapacidad, fallecimiento) o supuestos excepcionales (por ejemplo, desempleo de larga duración o enfermedad grave, con requisitos).
Pasos prácticos que podrías seguir:
- Identificar si hablamos de cotizaciones a la Seguridad Social, de un plan de pensiones privado, o de ambos.
- Pedir un “informe de vida laboral” y revisar tus bases/periodos cotizados.
- Si tienes plan privado, solicitar a la entidad el reglamento del plan y las condiciones de rescate.
- Consultar si existe convenio bilateral con tu país o si te aplica normativa UE/EEE/Suiza, para saber cómo se totalizan periodos y dónde se tramita la solicitud cuando llegue el momento.