Abogados especializados en derecho Tributario-Fiscal en Arévalo

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Asesoría Fiscal García Fraile

Asesoría Fiscal García Fraile

  • Plaza del Arrabal, 4, 05200 Arévalo, Ávila
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Tributario-Fiscal

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Abogados especializados en derecho Tributario-Fiscal en Arévalo

Un abogado fiscalista es el especialista en la normativa tributaria que regula los impuestos en España. Asesora a particulares, autónomos y empresas en la planificación fiscal, la presentación de declaraciones (IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades), las inspecciones de Hacienda y los recursos contra liquidaciones tributarias. Los servicios más demandados incluyen la defensa ante actas de inspección de la AEAT, la solicitud de aplazamientos y fraccionamientos de pago, las reclamaciones ante el TEAR y los recursos ante el Tribunal Supremo. También asesora en fiscalidad internacional, precios de transferencia, reestructuraciones empresariales y tributación de operaciones inmobiliarias. En Keatia puedes encontrar abogados fiscalistas verificados con opiniones reales y reservar cita gratuita.

En Arévalo hay 1 profesional disponible en Tributario-Fiscal registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

Los honorarios en Ávila varían según la cuantía y la fase (alegaciones, recurso, vía contenciosa). Como referencia: consulta y análisis inicial 60–150 €, redacción de alegaciones 250–700 €, recurso de reposición o reclamación económico-administrativa 600–1.800 €, y un contencioso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo (por ejemplo, en Ávila) suele moverse entre 1.500 y 5.000 € (más procurador y, si procede, peritos). En muchos casos se pacta precio cerrado por hitos o un porcentaje sobre el ahorro obtenido. Recomendación: pide presupuesto por escrito y compara especialización; en keatia.es puedes localizar y comparar abogados fiscalistas en Ávila con experiencia en AEAT y tributos locales.

Si recibes una liquidación o sanción de la AEAT, el plazo general para recurrir es de 1 mes desde el día siguiente a la notificación, según la Ley 58/2003, General Tributaria. Puedes optar por recurso de reposición (ante el mismo órgano) o reclamación económico-administrativa (TEAR/TEAC según el caso); en muchos supuestos no conviene presentar ambos. Si más adelante vas a la vía judicial, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo suele ser de 2 meses desde la notificación de la resolución económico-administrativa (Ley 29/1998). Consejo: no esperes al último día; un abogado revisa notificación, cómputo y suspensión para evitar embargos.

No siempre es obligatorio, pero sí muy recomendable. En reposición o en la vía económico-administrativa puedes actuar por ti mismo, aunque la eficacia depende de fundamentar bien hechos y derecho (Ley 58/2003 y reglamentos de revisión). Un abogado fiscalista ayuda a detectar defectos de notificación, prescripción (por ejemplo, 4 años para liquidar y sancionar, con matices), errores de cálculo, y a pedir la suspensión con garantías para frenar apremios. Si el asunto termina en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, ya entran en juego requisitos procesales y normalmente procurador. Recomendación: para cuantías relevantes, sanciones o inspecciones, consulta con un especialista desde el inicio.

Lo clave es reunir todo lo que sustenta tu declaración y la actuación inspectora. Lleva: notificaciones de la AEAT o del Ayuntamiento/Diputación (inicio, requerimientos, propuesta de liquidación), declaraciones presentadas (IRPF, IVA, IS), libros registro, facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios, contratos, nóminas/TCs si hay personal, escrituras y justificantes de inmuebles o vehículos, y comunicaciones previas con la Administración. Si se discute un valor, aporta tasaciones o informes. En Ávila, muchos expedientes se gestionan telemáticamente; conviene llevar certificado digital y autorizaciones. Recomendación: organiza por fechas y conceptos; un abogado podrá elaborar un relato coherente y evitar entregar documentación innecesaria.

Recurrir no suspende automáticamente el pago. Para evitar apremio y embargos, debes solicitar suspensión. En reposición o reclamación económico-administrativa, la suspensión suele exigir garantías (aval bancario, seguro de caución, hipoteca, prenda), aunque hay supuestos de suspensión sin garantías si se acredita perjuicio de difícil reparación o si la sanción está recurrida (régimen específico). Si no suspendes, la deuda entra en período ejecutivo, con recargos (5%, 10% o 20% según el momento) e incluso embargos de cuentas o devoluciones. Un abogado fiscalista en Ávila revisa la estrategia: pago con solicitud de devolución, aplazamiento/fraccionamiento o suspensión. Recomendación: actúa en cuanto te notifiquen para no perder opciones.

Cuanto antes, mejor. Muchas sanciones se “cocinan” en fases previas: requerimientos, propuestas de liquidación y trámite de audiencia. Ahí se puede corregir documentación, aportar pruebas y discutir la culpabilidad (requisito sancionador en la Ley General Tributaria). También se pueden negociar criterios en inspección y evitar derivaciones de responsabilidad a administradores. Si esperas a la sanción firme, las opciones se reducen y aumentan costes (y riesgo de apremio). En Ávila, un asesoramiento temprano suele ser especialmente útil en autónomos y pymes con IVA/retenciones. Recomendación: ante cualquier inicio de comprobación, agenda una revisión; en keatia.es puedes localizar abogados tributario-fiscales en Ávila y comparar experiencia.

La providencia de apremio indica que la deuda ha pasado a vía ejecutiva: se añaden recargos y pueden iniciarse embargos (cuentas, salarios dentro de límites, devoluciones, vehículos). Tienes un plazo de 1 mes para interponer recurso contra la providencia, pero solo por motivos tasados (por ejemplo, pago, prescripción, falta de notificación de la liquidación, aplazamiento concedido). Si el embargo viene de tributos locales (IBI, IVTM, plusvalía municipal), puede intervenir el Ayuntamiento; en Ávila, conviene revisar también notificaciones y padrón. Recomendación: consulta de inmediato para valorar aplazamiento, suspensión o recurso; en keatia.es puedes encontrar profesionales en Ávila para actuar con rapidez.

Los tributos locales se recurren primero en vía administrativa: normalmente mediante recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento (plazo habitual 1 mes desde la notificación). En plusvalía (IIVTNU) es clave revisar el método de cálculo y si hay inexistencia de incremento de valor, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional y la normativa aplicable. En IBI, es frecuente discutir valores catastrales y bonificaciones; a veces el cauce es catastral (Catastro) y otras el tributario municipal. Si se desestima, puedes acudir a la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado correspondiente. Recomendación: un abogado fiscal en Ávila analizará el expediente completo y la prueba; en keatia.es puedes comparar especialistas locales.

Los tiempos varían mucho según el órgano y la carga de trabajo. En vía económico-administrativa, un expediente puede tardar desde varios meses hasta más de un año; en contencioso-administrativo, el procedimiento puede extenderse 1–3 años, especialmente si hay prueba pericial o recursos. Las probabilidades dependen de la calidad de la prueba (facturas, bancarios, realidad de la operación), de defectos de notificación o motivación, y de si hay jurisprudencia favorable. También influyen riesgos de costas en juzgado (Ley 29/1998). Recomendación: pide una valoración realista por escrito (fortalezas, riesgos, coste-beneficio); en keatia.es puedes encontrar abogados en Ávila con experiencia contrastada en litigios fiscales.

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