Abogados especializados en derecho Procesal en Albatera

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Estudio Jurídico Zalata

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Abogados especializados en derecho Procesal en Albatera

Un abogado procesalista es el especialista en las normas que regulan los procedimientos judiciales en todas las jurisdicciones: civil, penal, contencioso-administrativa y social. Su papel es fundamental para garantizar que tu caso se tramite correctamente ante los tribunales. Asesora en la interposición de demandas, contestaciones, recursos de apelación, casación y revisión, incidentes de nulidad de actuaciones y ejecución de sentencias. También es experto en medidas cautelares, prueba pericial, litisconsorcio y acumulación de procesos. Es el profesional indicado cuando necesitas valorar la viabilidad procesal de una reclamación o cuando un procedimiento judicial presenta complejidades técnicas. En Keatia puedes encontrar abogados procesalistas con experiencia acreditada y solicitar consulta gratuita.

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Preguntas frecuentes

En Alacant/Alicante, los honorarios en Derecho Procesal varían según cuantía, prueba (periciales, testigos), recursos y si hay medidas cautelares. Como referencia, una consulta suele costar 60–120 €; un procedimiento civil verbal puede situarse entre 800 y 1.800 €, y un ordinario entre 1.500 y 4.000 €. Si además es necesario procurador (habitual en muchos procesos), suma normalmente 200–600 € o más según actuaciones. Pide presupuesto por fases y por escrito, incluyendo recursos. Para comparar profesionales y experiencias de otros clientes, Keatia (keatia.es) puede ayudarte a localizar abogados procesalistas en Alacant/Alicante y solicitar contacto.

Los plazos reales dependen del tipo de procedimiento y de la carga del juzgado (Juzgados de Primera Instancia de Alicante/Alacant, San Vicente, Elche, Benidorm, etc.). Orientativamente, un juicio verbal puede resolverse en 6–12 meses, y un ordinario en 12–24 meses; si hay apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante, añade frecuentemente 8–18 meses. A estos tiempos se suman notificaciones, señalamientos y práctica de prueba. Legalmente el proceso está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), pero los “tiempos” dependen mucho del caso. Recomendación: consulta a un abogado procesalista local para una estimación realista y estrategia de aceleración (medidas, acuerdos, etc.).

En vía civil, el plazo general para interponer recurso de apelación contra una sentencia es de 20 días hábiles desde la notificación (art. 458 LEC). “Hábiles” excluye sábados, domingos y festivos, y el cómputo puede verse afectado por la notificación electrónica (LexNET) si actúa procurador/abogado. Además, antes de apelar suele exigirse depósito para recurrir (con excepciones, por ejemplo, justicia gratuita). Si te pasas de plazo, la sentencia deviene firme y pierdes opciones. Por eso conviene revisar la notificación en cuanto llegue y preparar el recurso con antelación (motivos, prueba, cuantía). Recomendación: contacta cuanto antes con un procesalista para revisar viabilidad y plazos concretos de tu caso.

Depende del tipo de procedimiento y de la cuantía. En general, en la jurisdicción civil la LEC exige abogado y procurador para la mayoría de demandas, con excepciones: por ejemplo, en juicios verbales de cuantía inferior a 2.000 € puedes comparecer sin abogado ni procurador (art. 23 y 31 LEC), aunque suele ser recomendable por la técnica procesal. En monitorios, se puede iniciar sin abogado, pero si hay oposición y la cuantía supera 2.000 €, normalmente se necesitarán. En Alicante, además, muchos trámites se gestionan vía LexNET, lo que hace más práctica la intervención profesional. Recomendación: antes de presentar nada, consulta a un abogado procesalista para evitar errores de forma que te hagan perder tiempo o el procedimiento.

La documentación depende de la pretensión (reclamación de cantidad, contrato, daños, etc.), pero suele incluir: DNI/NIE, datos de la parte demandada (domicilio para notificaciones), contratos y anexos, facturas, justificantes de pago, comunicaciones (emails, WhatsApp, burofax), presupuestos, informes periciales si procede y cualquier prueba que acredite el incumplimiento o el daño. En ocasiones conviene aportar un requerimiento previo (por ejemplo, burofax) para demostrar buena fe y fijar intereses. La LEC exige claridad en hechos y fundamentos, y la prueba se debe preparar desde el inicio. Recomendación: lleva una carpeta cronológica y consulta con un procesalista de Alacant/Alicante para decidir qué aportar y qué reservar para la audiencia previa o el juicio.

Conviene contratarlo desde el primer conflicto serio: cuando recibes un burofax, una demanda, un requerimiento de pago, o si prevés medidas urgentes (embargo preventivo, cesación, retirada de contenido, etc.). En procesal, el “timing” es clave: hay plazos cortos para contestar demandas (habitualmente 20 días hábiles en ordinario civil, art. 404 LEC) y para preparar prueba. Además, una mala estrategia inicial puede limitar lo que podrás alegar después. En Alicante, donde los señalamientos pueden tardar, una buena planificación y negociación temprana puede ahorrar costes. Recomendación: pide una primera valoración cuanto antes; en Keatia (keatia.es) puedes localizar y comparar abogados procesalistas en Alacant/Alicante según especialidad y experiencia.

La audiencia previa es una fase clave del juicio ordinario civil (arts. 414 y ss. LEC). Se intenta un acuerdo, se resuelven cuestiones procesales (competencia, legitimación, defectos), se fijan hechos controvertidos y se proponen y admiten pruebas (testigos, pericial, documental). Si la parte demandante no comparece, el tribunal puede acordar el archivo; si no comparece el demandado, el procedimiento puede seguir, pero perderá oportunidades de alegar y proponer prueba, salvo excepciones justificadas. En juzgados de Alicante, además, es habitual que se concreten fechas y pruebas con mucha antelación. Recomendación: prepara la audiencia con tu abogado procesalista y confirma asistencia y documentación con tiempo para evitar indefensión o nulidades.

Si te llega un procedimiento monitorio, el plazo general para pagar u oponerte es de 20 días hábiles desde la notificación (art. 815 LEC). Si te llega una demanda civil ordinaria, el plazo de contestación suele ser de 20 días hábiles (art. 404 LEC); en verbal, depende del caso y del trámite, pero también hay plazos breves. No contestar puede llevar a rebeldía procesal y a una condena con ejecución (embargos). Reúne toda la documentación (contratos, pagos, mensajes) y no firmes acuerdos sin revisar. Recomendación: consulta cuanto antes a un procesalista; en Keatia (keatia.es) puedes encontrar abogados en Alacant/Alicante para valorar oposición, negociación o pago con reconocimiento y reducción de riesgos.

Sí, si cumples los requisitos de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita. En términos generales, se valora el IPREM y la unidad familiar (hay umbrales y excepciones: víctimas de violencia de género, terrorismo, trata, menores, etc.). La solicitud se tramita habitualmente ante el Colegio de la Abogacía correspondiente (en la provincia, el ICALI – Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante) y puede suspender plazos en ciertos supuestos si se solicita a tiempo, pero no conviene apurar porque los plazos procesales son estrictos. Te pedirán documentación económica (rentas, patrimonio, empadronamiento, etc.). Recomendación: si crees que puedes cumplir, solicita cuanto antes y, paralelamente, consulta a un abogado para no perder plazos críticos.

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