Abogados especializados en derecho Mediación y Arbitraje en Murcia

Mostrando 7 de 7 profesionales

Jaime García Abogados

Jaime García Abogados

  • Av. del Carril, 6, BAJO, 30600 Archena, Murci...
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Especialidades

Derecho deportivo Familia Mediación y Arbitraje Procesal Concursal Desahucios Divorcios Derecho bancario
Abogados Alhama - Prc Abogados

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  • C. Alicante, número 6, 2ºB, 30840 Alhama de M...
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Civil Comunitario Derecho deportivo Familia Mediación y Arbitraje Medio ambiente Mercantil Penal Procesal Propiedad Industrial Telecomunicaciones Consumidores y Usuarios Protección de datos Concursal Herencias y Testamentos Desahucios Derecho bancario Accidentes de tráfico
Meoro Avilesabogados

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  • enfrente de Banco Santander, Cl. Mayor, 113,...
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Especialidades

Mediación y Arbitraje Nuevas tecnologías Concursal
Pj Abogados

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  • Cl. Mayor, 158, 30820 Alcantarilla, Murcia
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Especialidades

Mediación y Arbitraje Desahucios
Roberto García Navarro

Roberto García Navarro

  • Av. Calvo Sotelo, 3, 30130 Beniel, Murcia
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Hipotecario y Notarial Mediación y Arbitraje Nuevas tecnologías Procesal Propiedad Industrial Protección de datos Divorcios Derecho bancario Accidentes de tráfico
Centro De Mediación De La Región De Murcia

Centro De Mediación De La Región De Murcia

  • C. Ancha, 10, 30880 Águilas, Murcia
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Comunitario Mediación y Arbitraje
Oficina De Resolucion De Conflictos Laborales

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  • C. Platería, 44, 30001 Murcia
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Especialidades

Mediación y Arbitraje Laboral

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Abogados especializados en derecho Mediación y Arbitraje en Murcia

Un abogado especializado en mediación y arbitraje es el profesional que ayuda a resolver conflictos sin necesidad de acudir a los tribunales. La mediación es un proceso voluntario y confidencial en el que un mediador imparcial facilita el diálogo entre las partes para alcanzar un acuerdo; es habitual en conflictos familiares, vecinales, laborales y mercantiles. El arbitraje, por su parte, implica que un árbitro dicta un laudo vinculante para las partes, siendo especialmente utilizado en disputas comerciales y de construcción. Ambos métodos son más rápidos y económicos que un juicio: la mediación puede resolverse en semanas y el arbitraje en pocos meses. Los acuerdos de mediación son ejecutables ante los tribunales y los laudos arbitrales tienen fuerza de sentencia firme. En Keatia puedes encontrar abogados mediadores y arbitristas verificados y solicitar cita gratuita.

En Murcia hay 7 profesionales disponibles en Mediación y Arbitraje registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

El coste depende de si se trata de mediación (más flexible) o arbitraje (más formal y parecido a un juicio privado). En Murcia, una consulta suele rondar 60–120 €, y la asistencia completa en mediación puede moverse entre 600 y 2.000 € según sesiones y cuantía. En arbitraje, los honorarios del abogado suelen situarse entre 1.200 y 4.000 €, a lo que se suman tasas/administración del tribunal arbitral y, a veces, honorarios del árbitro (frecuentes a partir de 800–3.000 € o más en asuntos complejos). Pide presupuesto por fases y por escrito. En Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados en Murcia y solicitar varias propuestas antes de decidir.

En mediación, la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles no exige abogado de forma general, pero es muy recomendable cuando hay contratos, deudas, herencias, familia o riesgos de firmar acuerdos desfavorables. El mediador no “defiende” a ninguna parte: es neutral y no sustituye el asesoramiento jurídico. Un abogado puede ayudarte a preparar la estrategia, valorar ofertas, redactar el acuerdo y comprobar su viabilidad legal. En Murcia, si luego quieres elevar el acuerdo a escritura pública o homologarlo judicialmente, conviene llevarlo bien cerrado. Recomendación: consulta al menos una vez con un especialista antes de firmar nada.

La mediación (Ley 5/2012) busca un acuerdo voluntario con ayuda de un mediador neutral; si no hay acuerdo, no se impone nada. El arbitraje (Ley 60/2003) termina con un laudo, obligatorio y ejecutable como una sentencia, con posibilidad limitada de anulación por causas tasadas. En Murcia suele convenir mediación cuando interesa preservar relaciones (socios, vecinos, familia) y hay margen para negociar; y arbitraje cuando se necesita una decisión rápida y técnica (contratos mercantiles, construcción, transporte) y existe cláusula arbitral. Recomendación: revisa tu contrato y objetivos con un abogado para elegir la vía y evitar perder tiempo en un procedimiento inadecuado.

La mediación es, por diseño, rápida: muchas se resuelven en 2–6 sesiones repartidas en 2 a 8 semanas, dependiendo de agenda, documentación y voluntad de acuerdo. La Ley 5/2012 permite adaptarla, pero si el conflicto requiere peritajes o varias partes puede alargarse a 3–4 meses. El arbitraje suele durar más: lo habitual es 4–9 meses, aunque procedimientos complejos pueden ir a 12 meses o más según el reglamento aplicable y la prueba (pericial, testifical). Consejo práctico: antes de iniciar, fija un calendario y lista de documentos con tu abogado para acortar plazos y evitar suspensiones.

Dependerá del conflicto, pero normalmente conviene reunir: contratos y anexos, facturas/presupuestos, correos y WhatsApp relevantes, justificantes de pagos, actas de juntas (si hay sociedades), partes de trabajo o informes técnicos, y cualquier requerimiento previo (burofax). En arbitraje, es clave aportar la cláusula arbitral o el convenio arbitral por escrito (Ley 60/2003) y definir con precisión las pretensiones y cuantías. En mediación, ayuda un resumen cronológico y una propuesta inicial realista. Recomendación: antes de la primera sesión, pide a tu abogado que ordene la prueba y marque qué es imprescindible y qué es accesorio, para no saturar el expediente.

Un punto clave es la prescripción y la caducidad. En general, la prescripción de acciones personales es de 5 años (art. 1964 del Código Civil), aunque hay plazos especiales (por ejemplo, muchos supuestos de responsabilidad extracontractual prescriben al año, art. 1968 CC). Iniciar mediación puede interrumpir o suspender plazos según cómo se formalice y se notifique, pero no conviene asumirlo sin prueba documental. Lo prudente es enviar un requerimiento fehaciente (p. ej., burofax) y documentar el inicio del procedimiento. Recomendación: consulta cuanto antes con un abogado en Murcia para calcular el plazo exacto y proteger la acción mientras negocias.

Si hay acuerdo en mediación, para que sea fácilmente ejecutable suele elevarse a escritura pública ante notario o, en ciertos casos, homologarse judicialmente (Ley 5/2012). Si la otra parte incumple, podrás solicitar ejecución en los juzgados competentes de Murcia (por ejemplo, en los Juzgados de Primera Instancia de Murcia, según materia y domicilio). En arbitraje, el laudo es ejecutivo: si no se cumple voluntariamente, se pide su ejecución judicial como si fuera una sentencia (Ley 60/2003 y LEC). Recomendación: asegúrate de que el acuerdo/laudo sea claro en plazos, cantidades y penalizaciones; en Keatia (keatia.es) puedes localizar abogados en Murcia con experiencia en ejecuciones.

Conviene contratarlo desde el inicio si hay una cuantía relevante, riesgo de prescripción, cláusula arbitral en el contrato, o si prevés peritajes (obras, defectos, impagos entre empresas). También es recomendable si la otra parte ya va asesorada o si necesitas convertir el acuerdo en un título ejecutable (escritura/homologación). Un abogado te ayuda a definir objetivos, calcular riesgos, preparar documentación y negociar sin ceder derechos por desconocimiento. En Murcia, además, puede orientarte sobre recursos locales (Colegio de la Abogacía de Murcia, mediadores, sedes judiciales). Recomendación: compara perfiles y presupuestos; Keatia (keatia.es) facilita encontrar y valorar abogados especializados cerca de ti.

El laudo arbitral no se recurre como una sentencia: solo cabe acción de anulación por causas tasadas (Ley 60/2003), como falta de convenio arbitral válido, indefensión, que el árbitro resolviera sobre cuestiones no sometidas, irregularidades esenciales del procedimiento o vulneración del orden público. El plazo para interponer la anulación es de 2 meses desde la notificación del laudo (art. 41 de la Ley de Arbitraje). En la práctica, “es injusto” no suele ser motivo suficiente si el procedimiento fue correcto. Recomendación: revisa el laudo y el expediente con un abogado cuanto antes para no perder el plazo; en Keatia (keatia.es) puedes encontrar especialistas en arbitraje en Murcia.

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