Abogados especializados en derecho Mediación y Arbitraje en Madrid

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Servicio De Mediación, Arbitraje Y Conciliación

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  • C. de la Princesa, 5, 28008 Madrid
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Mediación y Arbitraje Reclamaciones de cantidad
Mae Mediación. Mediación, Arbitraje Y Conciliación

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Mediación y Arbitraje
Mediatoris, Abogados Y Mediación Civil Y Mercantil

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En Mediación

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Mediación y Arbitraje

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Abogados especializados en derecho Mediación y Arbitraje en Madrid

Un abogado especializado en mediación y arbitraje es el profesional que ayuda a resolver conflictos sin necesidad de acudir a los tribunales. La mediación es un proceso voluntario y confidencial en el que un mediador imparcial facilita el diálogo entre las partes para alcanzar un acuerdo; es habitual en conflictos familiares, vecinales, laborales y mercantiles. El arbitraje, por su parte, implica que un árbitro dicta un laudo vinculante para las partes, siendo especialmente utilizado en disputas comerciales y de construcción. Ambos métodos son más rápidos y económicos que un juicio: la mediación puede resolverse en semanas y el arbitraje en pocos meses. Los acuerdos de mediación son ejecutables ante los tribunales y los laudos arbitrales tienen fuerza de sentencia firme. En Keatia puedes encontrar abogados mediadores y arbitristas verificados y solicitar cita gratuita.

En Madrid hay 4 profesionales disponibles en Mediación y Arbitraje registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

El coste suele depender del tipo de conflicto (civil, mercantil, arrendamientos, comunidades de propietarios) y de si solo necesitas asesoramiento o acompañamiento completo. En Madrid, una primera consulta suele estar entre 60 y 120 €, aunque algunos despachos la descuentan si contratas. La asistencia a una mediación puede oscilar, como orientación, entre 600 y 1.800 € (según número de sesiones y redacción de acuerdo). En arbitraje, por la mayor formalidad, es frecuente ver rangos de 1.500 a 6.000 € o más, además de tasas del tribunal arbitral. Pide presupuesto por escrito y compara perfiles en keatia.es para encontrar abogados en Madrid adecuados a tu caso.

En mediación, la regla general es que puedes acudir sin abogado: la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles no exige asistencia letrada obligatoria. Aun así, contar con abogado suele ser muy recomendable si hay cantidades importantes, cláusulas complejas o riesgo de firmar un acuerdo desequilibrado. Tu abogado puede ayudarte a preparar tu propuesta, revisar la viabilidad legal y redactar un acuerdo claro (por ejemplo, con calendario de pagos y consecuencias de incumplimiento). En Madrid, muchos acuerdos se elevan a escritura pública para ganar fuerza ejecutiva. Como recomendación práctica, consulta previamente con un especialista y, si lo necesitas, localiza y compara profesionales en keatia.es.

La documentación depende del conflicto, pero hay un “mínimo útil” que casi siempre conviene preparar: contrato o correos donde se pactó lo discutido, facturas, presupuestos, justificantes de pago, comunicaciones (burofax, emails, WhatsApp exportado), y una cronología breve con fechas clave. Si hay cláusula arbitral, aporta el contrato completo donde figure. En arrendamientos, añade recibos, inventario y comunicaciones con el inquilino/propietario. En comunidades, actas de junta y certificaciones del administrador. Un abogado puede ordenar la prueba y filtrar lo relevante para evitar perder sesiones en cuestiones accesorias. Recomendación: antes de empezar, pide a un profesional que revise tu “dossier” y tu estrategia.

La mediación suele ser más rápida que un juicio: muchas se resuelven en 1 a 4 sesiones repartidas en 2 a 8 semanas, aunque depende de la disponibilidad de las partes. Ojo con los plazos: la mediación no “congela” automáticamente prescripciones o caducidades si no se formaliza adecuadamente. En asuntos civiles, el plazo general de prescripción de acciones personales es de 5 años (art. 1964 CC), y en reclamaciones contractuales conviene no apurar. Si hay un procedimiento judicial en curso, el juzgado puede derivar a mediación, pero debes seguir atendiendo requerimientos. Recomendación: consulta a un abogado para proteger plazos y documentar correctamente el inicio y fin de la mediación.

La mediación es un proceso voluntario y confidencial donde un mediador facilita un acuerdo; no impone una decisión. Es útil si quieres preservar la relación (socios, familia, vecinos) y necesitas flexibilidad. El arbitraje, regulado por la Ley 60/2003, termina con un laudo que decide el conflicto y suele ser vinculante, con posibilidades de anulación muy limitadas. Suele recomendarse cuando hay cláusula arbitral, necesidad de resolución técnica o deseo de evitar la lentitud judicial. En Madrid, también influye dónde se ejecutará: los Juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil son competentes para ejecución o anulación en ciertos casos. Recomendación: deja que un abogado valore costes, pruebas y objetivo final antes de elegir.

El acuerdo de mediación es vinculante entre las partes si cumple los requisitos de la Ley 5/2012 (identificación, objeto, obligaciones claras, firma, etc.). Para poder ejecutarlo directamente como si fuera una sentencia, normalmente se eleva a escritura pública ante notario (título ejecutivo). Otra vía es homologarlo judicialmente si el caso está en un procedimiento en curso, según el tipo de asunto. En Madrid, la ejecución se tramita ante el juzgado competente (habitualmente Juzgados de Primera Instancia) y conviene que el acuerdo sea muy concreto: importes, plazos, forma de pago, intereses y penalizaciones por incumplimiento. Recomendación: antes de firmar, pide a un abogado que revise la redacción para evitar ambigüedades y asegurar ejecutabilidad.

El laudo arbitral no se recurre como una sentencia: la vía típica es la acción de anulación prevista en la Ley 60/2003 de Arbitraje, basada en motivos tasados (por ejemplo, falta de convenio arbitral válido, indefensión, exceso en el objeto decidido, irregularidades graves del procedimiento u orden público). El plazo general para interponer la acción de anulación es de 2 meses desde la notificación del laudo (o desde la resolución sobre la corrección/aclaración si se pidió). En Madrid, suele tramitarse ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid cuando procede. Recomendación: consulta de inmediato con un abogado especializado; puedes comparar profesionales en keatia.es para actuar dentro de plazo.

Conviene contar con abogado desde el inicio si: hay una cláusula arbitral y no sabes cómo activarla, la otra parte tiene abogado, hay riesgo de prescripción, la cuantía es relevante, o necesitas asegurar que el acuerdo sea ejecutable. También es recomendable si el conflicto afecta a una empresa (socios, distribución, impagos), porque un mal planteamiento puede complicar la prueba o la estrategia. En Madrid, además, es útil que el abogado conozca la práctica local para ejecutar acuerdos o laudos ante juzgados y coordinarse con notaría si hace falta elevar a público. Recomendación: haz una consulta inicial con un especialista y compara opciones en keatia.es para elegir un perfil con experiencia real en tu tipo de asunto.

La mediación es voluntaria: si la otra parte no acepta o no comparece, normalmente se cierra el expediente dejando constancia de la falta de acuerdo o inasistencia. En algunos ámbitos puede haber “sesión informativa” o intentos previos, pero no garantiza que el conflicto se resuelva. Lo importante es usar esa situación a tu favor: documentar la invitación, preparar una reclamación formal (por ejemplo, burofax) y valorar demanda judicial o, si existe convenio, activar el arbitraje. En Madrid, muchos conflictos acaban en Juzgados de Primera Instancia o de lo Mercantil según la materia. Recomendación: pide a un abogado que te diseñe la siguiente estrategia sin perder plazos; en keatia.es puedes localizar especialistas en mediación y arbitraje en Madrid.

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