Abogados especializados en derecho Inmobiliario

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C&D Solicitors

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  • Urb. Recreo II, C. la Noria, sn, 29793 Torrox...
10 Opiniones

Especialidades

Inmobiliario Comunitario Hipotecario y Notarial Accidentes de tráfico
Abogados Huelva

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  • C. Rascón, 36, 21001 Huelva
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Especialidades

Inmobiliario Hipotecario y Notarial Nuevas tecnologías Penal Procesal Reclamaciones de cantidad Consumidores y Usuarios Recurso de multas Comunidad de propietarios Concursal Divorcios Accidentes de tráfico
Legamur

Legamur

  • C. Ruiz Hidalgo, 10, 30002 Murcia
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Especialidades

Inmobiliario Derecho bancario
Patricia Troche Acosta

Patricia Troche Acosta

  • Av. Ribados, N° 19, bajo, 15670 Culleredo, A...
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Especialidades

Inmobiliario
Simarro & García Abogados

Simarro & García Abogados

  • C. Portillo San Antonio, 6, 8ºA, 30005 Murcia
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Especialidades

Inmobiliario General Nuevas tecnologías Procesal Propiedad Industrial Seguros Concursal Herencias y Testamentos Divorcios Accidentes de tráfico
Agustín Aguilón Gutiérrez

Agustín Aguilón Gutiérrez

  • C. de la Marina Española, 10, 50006 Zaragoza
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Especialidades

Inmobiliario Constitucional Derecho deportivo Familia General Hipotecario y Notarial Internacional Marítimo Nuevas tecnologías Procesal Reclamaciones de cantidad Tributario-Fiscal Urbanismo Recurso de multas Seguros Comunidad de propietarios Concursal Herencias y Testamentos Desahucios Derecho bancario
Cudós Consultors, Lleida

Cudós Consultors, Lleida

  • Gran Passeig de Ronda, 55, 57, 25006 Lleida
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Especialidades

Inmobiliario Medio ambiente Seguros Alquileres Desahucios
Despacho Alarcón Ortega

Despacho Alarcón Ortega

  • C. de Calderón de la Barca, 26, 16001 Cuenca
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Especialidades

Inmobiliario Civil Comunitario Constitucional Derecho deportivo Extranjería y Nacionalidad Familia General Hipotecario y Notarial Internacional Marítimo Mediación y Arbitraje Medio ambiente Mercantil Nuevas tecnologías Procesal Propiedad Industrial Reclamaciones de cantidad Telecomunicaciones Tributario-Fiscal Urbanismo Consumidores y Usuarios Recurso de multas Adopciones Comunidad de propietarios Protección de datos Concursal Herencias y Testamentos Desahucios Cooperativas Divorcios Laboral Derecho bancario Accidentes de tráfico

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Abogados especializados en derecho Inmobiliario

Un abogado inmobiliario es el profesional especializado en operaciones relacionadas con bienes inmuebles: compraventa de viviendas y locales, hipotecas, arrendamientos urbanos y rústicos, y litigios sobre propiedad. Entre los servicios más demandados se encuentran la revisión de contratos de compraventa, la reclamación por vicios ocultos, la defensa frente a desahucios y la asesoría en comunidades de propietarios. También intervienen en procedimientos de división de cosa común, deslinde de fincas y expropiaciones forzosas. Los honorarios de un abogado inmobiliario en España oscilan entre 500 € y 3.000 € según la complejidad del asunto, y muchos despachos ofrecen una primera consulta gratuita. En Keatia puedes comparar abogados inmobiliarios verificados con opiniones reales de otros clientes, consultar su experiencia concreta y solicitar cita online directamente.

Preguntas frecuentes

Un abogado inmobiliario es necesario en la compraventa de viviendas (para revisar contratos de arras, escrituras y cargas registrales), al firmar o resolver un contrato de alquiler, ante problemas con promotoras o constructoras por defectos de obra, en reclamaciones por vicios ocultos, para gestionar hipotecas o cláusulas abusivas, y en cualquier conflicto relacionado con la propiedad inmobiliaria. También es muy recomendable su asesoramiento para herencias que incluyan bienes inmuebles o para constituir y gestionar comunidades de propietarios.

El asesoramiento legal en la compraventa de una vivienda suele costar entre 500 € y 1.500 €, dependiendo de la complejidad de la operación. Este servicio incluye la revisión del contrato de arras, la comprobación de cargas y situación registral del inmueble, la revisión de la escritura pública ante notario y el asesoramiento fiscal sobre impuestos aplicables (ITP, IVA o plusvalía municipal). Es una inversión que puede ahorrarte miles de euros en problemas futuros, especialmente en operaciones con promotoras sobre plano o en compras de segunda mano con posibles cargas ocultas.

La escritura pública de compraventa es el documento notarial que formaliza legalmente la transmisión de la propiedad de un inmueble. Aunque en España no es estrictamente obligatoria para la validez de la compraventa (bastaría un documento privado), sí es imprescindible para inscribir la propiedad en el Registro de la Propiedad y obtener protección legal frente a terceros. La escritura incluye la identificación de comprador y vendedor, la descripción del inmueble, el precio, la forma de pago y las cargas existentes. Los gastos de notaría suelen correr a cargo del comprador.

Para reclamar vicios ocultos en una vivienda tienes un plazo de 6 meses desde la entrega del inmueble si se trata de compraventa entre particulares. Si compraste a un promotor, el plazo es de 2 años para defectos de habitabilidad y de 10 años para defectos estructurales (Ley de Ordenación de la Edificación). Debes documentar los defectos con fotografías y un informe pericial, y enviar una reclamación fehaciente (burofax) al vendedor. Si no hay acuerdo, un abogado inmobiliario puede iniciar una demanda judicial solicitando la reparación, la rebaja del precio o incluso la resolución del contrato.

Como comprador de vivienda tienes derecho a recibir información veraz y completa sobre el inmueble (superficie, cargas, estado urbanístico), a que se te entregue la vivienda libre de cargas no declaradas, y a reclamar por vicios ocultos o defectos constructivos. Si compras sobre plano a un promotor, la ley exige que las cantidades entregadas a cuenta estén garantizadas mediante aval bancario o seguro de caución. También tienes derecho a elegir notario para la escritura y a que se te entregue una copia simple de la misma. Un abogado inmobiliario te ayudará a hacer valer todos estos derechos.

El coste depende del tipo de asunto (despido, reclamación de cantidad, negociación colectiva, etc.) y de si se trabaja por honorarios o a éxito. En una primera consulta el abogado te indicará un rango orientativo y si puede asumir el caso con opción de éxito.

Depende de la comunidad autónoma. En general, la cédula de habitabilidad (o licencia de primera ocupación) no es obligatoria para escriturar una compraventa, pero sí puede serlo para dar de alta los suministros (agua, luz, gas). En Cataluña es obligatoria para transmitir una vivienda. En otras comunidades, el notario puede escriturar sin ella, pero debe advertir al comprador. Es recomendable exigirla siempre, ya que garantiza que la vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad.

Los vicios ocultos son defectos graves de la vivienda que no eran visibles ni detectables en el momento de la compra y que hacen el inmueble inadecuado para su uso o disminuyen significativamente su valor. Ejemplos: humedades estructurales, cimentación defectuosa, instalaciones eléctricas peligrosas. El comprador tiene 6 meses desde la entrega para reclamar (art. 1490 CC). Puede exigir la resolución del contrato (devolver la vivienda) o una rebaja proporcional del precio, más daños y perjuicios si el vendedor conocía el defecto.

Los honorarios de un abogado para asesorar en una compraventa inmobiliaria varían según la complejidad y el valor del inmueble. Orientativamente: revisión de contrato de arras o compraventa (200-500€), asesoramiento integral de la operación (500-1.500€), y gestión completa incluyendo negociación y escritura (1.000-3.000€). Algunos abogados cobran un porcentaje del valor de la operación (0,5-1%). Es recomendable contratar un abogado especialmente en compras sobre plano, subastas o inmuebles con cargas.

Como inquilino, la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) te garantiza: duración mínima del contrato de 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica), límite de actualización de renta al IPC o índice de referencia, derecho de adquisición preferente si el propietario vende, derecho a que el propietario realice las reparaciones necesarias, y protección frente al desahucio (requiere procedimiento judicial). No pueden exigirte más de 2 mensualidades de fianza legal, aunque sí garantías adicionales pactadas.

Sí, como inquilino puedes desistir del contrato una vez transcurridos 6 meses desde la firma, comunicándolo al arrendador con al menos 30 días de antelación. Si el contrato lo prevé, el arrendador puede exigir una indemnización de 1 mes de renta por cada año que falte por cumplir (proporcional si es fracción). Si no han pasado 6 meses, deberás negociar con el propietario o asumir las consecuencias contractuales pactadas. El arrendador no puede rescindir anticipadamente salvo causas tasadas por ley.

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