Abogados especializados en derecho Herencias y Testamentos en Madrid

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Fernando Fuertes Abogados

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Heritae

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Abades Abogados

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Justicalia Abogados

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Abogados Garce - Herencias Y Testamentos

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Jesús Iglesias Ortega - Abogados-

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Herencias y Testamentos

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Abogados especializados en derecho Herencias y Testamentos en Madrid

Un abogado de herencias y testamentos es el especialista en derecho sucesorio que te asesora en la transmisión del patrimonio tras el fallecimiento de una persona. Los servicios más demandados incluyen la redacción y asesoría en testamentos, la aceptación o renuncia de herencia, la partición y adjudicación de bienes entre herederos, la reclamación de la legítima, la impugnación de testamentos, las herencias intestadas (sin testamento) y la planificación sucesoria para minimizar la carga fiscal del Impuesto de Sucesiones. En España, la legítima varía según la Comunidad Autónoma (en derecho común es de dos tercios de la herencia). El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis. En Keatia puedes encontrar abogados de herencias verificados con opiniones reales y solicitar cita gratuita.

En Madrid hay 35 profesionales disponibles en Herencias y Testamentos registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

En Madrid, los honorarios de un abogado de herencias y testamentos suelen depender del número de herederos, bienes (inmuebles, cuentas, empresa familiar) y si hay conflicto. Como orientación, una consulta puede costar 60–150 €, la tramitación completa de una herencia sin disputa suele moverse entre 900 y 2.500 €, y un asunto contencioso (impugnación, división judicial) puede ir de 3.000 a 12.000 € o más, a veces con porcentaje sobre el caudal. Además tendrás gastos de notaría, registro y gestoría. Pide presupuesto por escrito y detalla qué incluye (impuestos, escrituras, negociación). En keatia.es puedes comparar abogados en Madrid y solicitar varias propuestas antes de decidir.

La aceptación o renuncia puede hacerse en cualquier momento, pero conviene no demorarlo porque el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) se liquida, con carácter general, en 6 meses desde el fallecimiento (art. 67 del Reglamento del ISD, RD 1629/1991). Puedes pedir prórroga por otros 6 meses, pero debe solicitarse dentro de los 5 primeros meses. Si te retrasas, hay recargos e intereses. En Madrid, la liquidación se gestiona ante la Comunidad de Madrid y suele exigirse documentación notarial. Un abogado puede coordinar notaría, inventario de bienes y liquidación para evitar sanciones. Si dudas, consulta cuanto antes para planificar plazos y prórroga.

Para una herencia de mutuo acuerdo, el notario es clave (declaración de herederos, escritura de aceptación y partición), pero no siempre es suficiente. El abogado no es obligatorio si todo está claro, pero aporta valor cuando hay varios herederos, deudas, inmuebles en Madrid, dudas sobre el testamento o necesidad de negociar reparto. Si hay conflicto, para acudir a juicio sí necesitarás abogado y procurador (Ley de Enjuiciamiento Civil). Un abogado también revisa legítimas, calcula derechos y evita errores en impuestos y adjudicaciones registrales. Recomendación: si hay bienes relevantes o tensión familiar, contrata asesoramiento desde el inicio para evitar bloqueos y costes posteriores.

Normalmente necesitarás: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia autorizada del testamento (o iniciar declaración de herederos abintestato), certificado de seguros de vida, DNI/NIE de herederos, libro de familia o certificados de nacimiento/matrimonio (según parentesco), y un inventario de bienes y deudas (escrituras, notas simples del Registro de la Propiedad de Madrid, saldos bancarios, recibos IBI, préstamos, vehículos). Para la valoración, se suelen pedir certificados bancarios a fecha de fallecimiento. Con todo ello, notaría prepara la partición y luego se liquida el ISD y la plusvalía municipal si hay inmuebles. Un abogado puede ayudarte a recopilar y ordenar documentos y a evitar omisiones que luego bloqueen el Registro.

Aunque exista testamento, en España rigen límites llamados “legítimas” (arts. 806 y ss. del Código Civil): si hay hijos, en general dos tercios de la herencia quedan reservados para ellos (legítima estricta y mejora), y el tercio restante es de libre disposición. El testamento determina quién recibe qué, pero no puede perjudicar esas cuotas mínimas salvo causas tasadas (desheredación válida). En Madrid, el reparto suele formalizarse en notaría mediante escritura de partición y adjudicación, y después se inscribe en el Registro. Un abogado revisa el testamento, calcula legítimas y propone una partición viable para evitar impugnaciones. Si quieres comparar especialistas en Madrid, keatia.es puede ayudarte a encontrar perfiles con experiencia en legítimas y particiones complejas.

Si no hay testamento, la herencia se tramita por las reglas de sucesión intestada (arts. 930 y ss. del Código Civil). Primero se realiza la “declaración de herederos” ante notario (para descendientes, ascendientes o cónyuge) aportando documentación de parentesco y testigos; si no hay familiares cercanos, puede requerirse vía judicial. Tras declarar herederos, se inventarían bienes y deudas y se firma la escritura de aceptación y partición, igual que con testamento. En Madrid, la elección de notaría es libre y conviene coordinar también registros y bancos. Recomendación: consulta a un abogado si hay dudas sobre parentescos, parejas de hecho o herederos en el extranjero, porque un error aquí paraliza todo el proceso.

Sí, un testamento puede impugnarse si existen causas como falta de capacidad del testador, vicios en el consentimiento (presión, engaño), defectos formales o vulneración de legítimas. La prueba suele basarse en historiales médicos, testigos, periciales y documentación notarial. Los plazos varían según la acción: por ejemplo, la anulabilidad por vicios del consentimiento suele manejarse con el plazo de 4 años desde que cesa el vicio o desde el conocimiento, y las reclamaciones para complementar legítima tienen su propio régimen. En Madrid, estos litigios se tramitan en los Juzgados de Primera Instancia y requieren abogado y procurador. Recomendación: actúa rápido y reúne pruebas antes de demandar; en keatia.es puedes localizar abogados en Madrid con experiencia en impugnaciones.

Si no hay acuerdo para partir, existen vías para desbloquear. Primero suele intentarse una negociación y una propuesta de cuaderno particional ajustado a Código Civil. Si el bloqueo continúa, puede acudirse al procedimiento de división judicial de herencia (Ley de Enjuiciamiento Civil), donde intervienen abogado y procurador; el juzgado puede nombrar contador-partidor y peritos para valorar bienes. También es posible solicitar medidas para administrar bienes mientras se resuelve. En Madrid, el asunto se presenta en los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial correspondiente al domicilio del causante o ubicación de bienes, según el caso. Recomendación: antes de demandar, busca un abogado que intente una solución pactada y, si no es posible, prepare estrategia y costes.

Conviene contratar abogado desde el inicio si hay inmuebles en Madrid, varios herederos, empresas familiares, herederos menores, deudas, bienes en el extranjero o riesgo de conflicto. También es recomendable si necesitas valorar si aceptar a beneficio de inventario (arts. 1010 y ss. del Código Civil) para proteger tu patrimonio frente a deudas. Para elegir, revisa experiencia real en particiones, fiscalidad sucesoria, litigios y trato con notarías y registros madrileños; pide presupuesto con fases y posibles extras. Puedes verificar colegiación en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Como recurso práctico, en keatia.es puedes comparar perfiles, especialidades y opiniones de abogados de herencias en Madrid y solicitar contacto directo.

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