Mostrando 5 de 13 profesionales
Mostrando 5 de 13 profesionales
Un abogado de herencias y testamentos es el especialista en derecho sucesorio que te asesora en la transmisión del patrimonio tras el fallecimiento de una persona. Los servicios más demandados incluyen la redacción y asesoría en testamentos, la aceptación o renuncia de herencia, la partición y adjudicación de bienes entre herederos, la reclamación de la legítima, la impugnación de testamentos, las herencias intestadas (sin testamento) y la planificación sucesoria para minimizar la carga fiscal del Impuesto de Sucesiones. En España, la legítima varía según la Comunidad Autónoma (en derecho común es de dos tercios de la herencia). El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis. En Keatia puedes encontrar abogados de herencias verificados con opiniones reales y solicitar cita gratuita.
En Cáceres hay 13 profesionales disponibles en Herencias y Testamentos registrados en Keatia.
Los honorarios varían según el número de herederos, bienes (viviendas, fincas rústicas, cuentas) y si hay conflicto. En Cáceres, una consulta suele costar entre 50 y 120 €, y la tramitación completa de una herencia sin pleito suele moverse entre 800 y 2.500 € (o un 1%–3% del caudal). Si hay juicio por impugnación o división judicial, puede subir a 2.000–6.000 € o más, según vistas y pruebas. Pide presupuesto por escrito (minuta, notaría, registros, impuestos). Como recomendación, compara perfiles y experiencia: en Keatia (keatia.es) puedes localizar y comparar abogados de herencias en Cáceres y pedir cita.
Para el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 si se solicita dentro de los 5 primeros meses (normativa estatal y gestión autonómica en Extremadura). Si te pasas, hay recargos e intereses. Aceptar o repudiar la herencia no tiene un “plazo único” fijo, pero Hacienda y la práctica notarial te obligan a moverte por el impuesto y por necesidades de inscripción. Además, un coheredero puede instarte notarialmente a decidir (art. 1005 CC), con 30 días para aceptar pura y simplemente, a beneficio de inventario o renunciar. Recomendación: consulta pronto para planificar impuestos y documentación.
Si hay acuerdo, la herencia suele formalizarse ante notario mediante escritura de aceptación y partición, sin juicio. Legalmente no siempre es obligatorio abogado, pero sí muy recomendable: hay que verificar testamento, calcular legítimas (arts. 806 y ss. del Código Civil), repartir bienes, preparar inventario y liquidar impuestos, además de inscribir en el Registro de la Propiedad. Un error puede bloquear ventas o generar reclamaciones futuras entre herederos. En Cáceres, el abogado coordina notaría, Registro y la liquidación del Impuesto de Sucesiones en Extremadura, evitando demoras. Recomendación: si hay inmuebles, deudas o varios herederos, cuenta con un especialista; en Keatia (keatia.es) puedes encontrar profesionales en Cáceres con experiencia en herencias amistosas.
Lo habitual es reunir: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia autorizada del testamento (o acta de declaración de herederos abintestato), DNI de herederos, libro de familia/partidas para acreditar parentesco, certificados bancarios de saldos a fecha de fallecimiento, escrituras y notas simples de inmuebles (Registro de la Propiedad), recibos de IBI, pólizas/seguros de vida, y relación de deudas (préstamos, tarjetas). También conviene pedir certificado de seguros con cobertura de fallecimiento. Con esta base se prepara inventario, cuaderno particional y autoliquidación del Impuesto de Sucesiones en Extremadura. Recomendación: antes de ir a notaría, un abogado revisa títulos y evita omisiones que luego obliguen a “complementarias” y retrasos.
Si no hay testamento, se abre la sucesión intestada (arts. 912 y ss. CC). Cuando heredan hijos o descendientes, la declaración de herederos suele hacerse ante notario mediante acta de notoriedad, aportando certificados (defunción, últimas voluntades) y pruebas de parentesco, además de dos testigos. Tras el acta, se puede aceptar y repartir la herencia en escritura, liquidar el Impuesto de Sucesiones y registrar inmuebles. Si hay desacuerdo o parentescos discutidos, puede acabar en vía judicial. En Cáceres, un abogado puede preparar el expediente, coordinar notaría y revisar el reparto para respetar legítimas. Recomendación: si hay bienes inmuebles o tensiones familiares, asesórate desde el inicio.
En Derecho común, la herencia se divide en tercios: legítima estricta (para hijos), mejora (para hijos/descendientes) y libre disposición. El cónyuge viudo no hereda como un hijo salvo disposición testamentaria, pero tiene derecho al usufructo: si concurre con hijos, al usufructo del tercio de mejora (arts. 834 y ss. CC). En la práctica, ese usufructo suele conmutarse por dinero o por atribución de bienes, para facilitar la gestión de la vivienda familiar. Si hay testamento, puede modularse dentro de los límites de la legítima. Recomendación: antes de firmar en notaría, que un abogado calcule cuotas y opciones de conmutación; en Keatia (keatia.es) puedes comparar especialistas en herencias en Cáceres.
Sí. Si sospechas que hay más deudas que bienes, puedes renunciar (repudiar) la herencia en escritura pública ante notario (arts. 988 y ss. CC). Alternativamente, puedes aceptar a beneficio de inventario (arts. 1010 y ss. CC): así, las deudas se pagan con los bienes de la herencia y tu patrimonio personal queda protegido. Es una vía útil si no conoces todas las cargas (préstamos, avales, impuestos). Hay trámites y plazos procesales/notariales para formar inventario y administrar pagos, por lo que conviene hacerlo bien desde el principio. Recomendación: antes de decidir, pide certificados bancarios y consulta con un abogado; en Keatia (keatia.es) puedes encontrar profesionales en Cáceres para valorar riesgos y la estrategia más segura.
Cuando no hay acuerdo, cualquier coheredero puede pedir la división de la herencia: “nadie está obligado a permanecer en la indivisión” (art. 400 CC). Primero suele intentarse negociación y propuesta de cuaderno particional. Si el bloqueo continúa, puede acudirse al procedimiento judicial de división de herencia, que se tramita en los juzgados de Cáceres (habitualmente Juzgados de Primera Instancia del partido judicial correspondiente). El juez puede nombrar contador-partidor y peritos para valorar bienes; después se aprueba el reparto o, si procede, se subastan bienes. Es un proceso más largo y costoso, pero desbloquea situaciones enquistadas. Recomendación: consulta pronto para intentar una solución extrajudicial y, si no, preparar bien la demanda y la prueba.
Una herencia sencilla y de acuerdo puede resolverse en 1 a 3 meses si la documentación está completa, aunque el límite práctico suele venir por el impuesto (6 meses desde el fallecimiento). Los pasos típicos son: obtener certificados (defunción y últimas voluntades), localizar testamento o iniciar declaración de herederos, recopilar bienes y deudas, preparar inventario y reparto, firmar escritura en notaría, liquidar el Impuesto de Sucesiones (y plusvalía municipal si hay inmuebles), e inscribir en el Registro de la Propiedad. Si hay desacuerdo, impugnación o bienes difíciles de valorar, puede irse a 6–18 meses o más. Recomendación: para acortar plazos, trabaja con un abogado que coordine notaría, impuestos y registros; Keatia (keatia.es) puede ayudarte a encontrar uno en Cáceres.
¿Eres abogado?
Consigue más clientes gratis