Abogados en España en Albatera

Mostrando 1 de 1 profesionales

Manuel Perales Candela Abogado

Manuel Perales Candela Abogado

  • C/ Girona, 19 2º, P.ª 4, 03001 Alicante
1 Opiniones

Especialidades

Constitucional General Divorcios

Has visto los 1 profesionales disponibles

Abogados en España en Albatera

Un abogado generalista es el profesional del derecho que ofrece asesoramiento legal en múltiples áreas, siendo el primer punto de contacto para la mayoría de consultas jurídicas. Puede ayudarte con contratos, reclamaciones, asesoría legal preventiva, trámites administrativos, conflictos vecinales, herencias sencillas y orientación sobre la especialidad más adecuada para tu caso. Es la opción ideal cuando no estás seguro de qué tipo de abogado necesitas o cuando tu problema abarca varias áreas del derecho. Los honorarios de un abogado generalista suelen ser más accesibles, con consultas desde 50 € y asuntos sencillos desde 300 €. Muchos ofrecen primera consulta gratuita para valorar tu situación. En Keatia puedes encontrar abogados generalistas verificados en toda España, leer opiniones de otros clientes y reservar tu cita online sin compromiso.

En Albatera hay 1 profesional disponible en General registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

Los honorarios varían según el asunto (reclamación de cantidad, familia, alquileres, consumo, etc.) y si hay juicio. En Alicante, una consulta suele costar entre 50 y 120 €, aunque algunos despachos la descuentan si contratas. Un procedimiento sencillo (requerimiento, negociación y demanda básica) puede moverse entre 600 y 1.500 €, y un juicio ordinario suele situarse entre 1.200 y 3.500 €, más IVA. Aparte, puede haber procurador (aprox. 150–400 €) y tasas/costas según el caso. Pide presupuesto por escrito y por fases. En Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados en Alacant/Alicante y solicitar orientación inicial.

Suele ser recomendable contratar abogado cuando hay plazos corriendo, riesgo económico relevante o una parte contraria con asesoramiento. Por ejemplo: impagos, desahucios, despidos, accidentes, reclamaciones de más de 2.000 € (en juicio normalmente ya necesitas abogado y procurador), o si vas a firmar acuerdos con renuncia de derechos. Un abogado puede revisar pruebas, calcular indemnizaciones, redactar burofaxes y negociar. Además, en procedimientos judiciales hay trámites técnicos (LEC) que, si fallan, pueden hacerte perder oportunidades. Como regla práctica: si no controlas plazos y documentación, te conviene apoyo desde el inicio. En Keatia (keatia.es) puedes encontrar profesionales en Alicante según el tipo de problema.

Lleva un relato cronológico breve (fechas y hechos) y toda la documentación relacionada: contratos, facturas, recibos, comunicaciones (WhatsApp, emails), burofaxes, actas, partes médicos si hay lesiones, y datos de la otra parte (DNI/NIE si lo tienes, domicilio, empresa, CIF). Si hay procedimiento ya iniciado, aporta demanda, contestación, citaciones y cualquier notificación del juzgado (por ejemplo, del Partido Judicial de Alicante/Alacant). También es útil llevar pruebas en formato digital y una lista de preguntas. Con eso el abogado puede valorar viabilidad, plazos y coste. Recomendación: no “resumas” ocultando datos; la estrategia depende de detalles. En Keatia (keatia.es) puedes pedir cita y subir documentos para una valoración más ágil.

El plazo general para reclamar deudas personales derivadas de contratos es de 5 años (art. 1964 del Código Civil, tras la reforma de 2015), aunque hay matices: por ejemplo, acciones cambiarias con pagarés/letras tienen plazos específicos, y algunas reclamaciones de consumo pueden tener reglas propias. Además, el plazo puede interrumpirse con una reclamación fehaciente (burofax con acuse, requerimiento notarial o demanda), lo que “reinicia” el cómputo. En Alicante es habitual empezar por un requerimiento y, si no hay pago, acudir a monitorio (LEC). Recomendación: no esperes al final del plazo; un abogado puede elegir la vía y documentar la interrupción correctamente.

Depende de la cuantía y del tipo de procedimiento. En general, en juicios verbales u ordinarios se exige abogado y procurador, salvo excepciones de cuantía baja: en civil, si la cuantía no supera 2.000 €, puedes comparecer sin abogado ni procurador (art. 23 y 31 LEC), aunque suele ser recomendable para evitar errores. En el procedimiento monitorio puedes presentar la petición inicial sin abogado ni procurador, pero si el deudor se opone y el asunto continúa, normalmente ya serán necesarios según la cuantía. En Alicante, los juzgados tramitan muchos monitorios y conviene preparar bien la prueba documental. Recomendación: consulta antes para valorar estrategia y costes.

Los plazos dependen del juzgado concreto y de la carga de trabajo del partido judicial (Alicante/Alacant, Elche, Benidorm, Torrevieja, etc.). Como orientación, un monitorio sin oposición puede resolverse en 2–6 meses. Si hay oposición y pasa a juicio verbal u ordinario, puede irse a 8–18 meses o más. En desahucio por impago, si todo va bien, puede estar entre 4–9 meses, aunque puede alargarse por señalamientos y recursos. La LEC marca trámites, pero los tiempos reales dependen de agenda judicial. Recomendación: un abogado local puede estimar plazos por juzgado y preparar medidas (burofax, enervación, consignaciones) para acelerar o protegerte.

No lo dejes pasar: los plazos son estrictos y empiezan a contar desde la notificación. En un juicio ordinario, el plazo para contestar a la demanda suele ser de 20 días hábiles (art. 404 LEC). En un verbal, la contestación se presenta normalmente por escrito con 10 días hábiles desde el traslado (según el régimen aplicable tras reformas), y en monitorio, si te reclaman una deuda, tienes 20 días hábiles para pagar u oponerte (art. 815 LEC). Si no actúas, puede haber rebeldía y ejecución. Recomendación: contacta cuanto antes con un abogado para revisar documentación, preparar la defensa y evitar embargos. En Keatia (keatia.es) puedes localizar abogados en Alacant/Alicante con disponibilidad rápida.

La asistencia jurídica gratuita se regula por la Ley 1/1996. En términos generales, pueden acceder quienes no superen ciertos umbrales de ingresos vinculados al IPREM (varía por unidad familiar) y acrediten insuficiencia de recursos. Se solicita presentando el formulario y documentación económica (nóminas, IRPF, SEPE, vida laboral, empadronamiento, etc.) y se tramita a través del Colegio de la Abogacía correspondiente (en la provincia, ICALI) y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Si el asunto es urgente, puede haber designación provisional. Recomendación: pide cita para preparar bien la solicitud; si te falta documentación, pueden denegarlo. Si no cumples requisitos, compara presupuestos en Keatia (keatia.es) para encontrar opciones ajustadas en Alicante.

En procedimientos civiles, la regla general es la condena en costas al vencido (art. 394 LEC) si el tribunal aprecia que una parte ha visto rechazadas todas sus pretensiones. Eso puede permitir recuperar honorarios de abogado y procurador, pero con límites: en muchos casos la tasación de costas no cubre el 100% de lo pagado, y hay topes (por ejemplo, el tercio de la cuantía del proceso para ciertos conceptos, salvo excepciones). Si hay “serias dudas de hecho o de derecho”, el juez puede no imponer costas. En Alicante, la práctica varía según el tipo de pleito y la cuantía. Recomendación: pide a tu abogado una estimación realista de costas recuperables antes de demandar.

¿Eres abogado?

Consigue más clientes gratis

Empezar