Abogados especializados en derecho Extranjería y Nacionalidad

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Arab Abogados

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  • Bruno Villarreal Kalea, 7, bajo, 01012 Vitori...
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Comunitario Constitucional Extranjería y Nacionalidad Familia General Marítimo Mediación y Arbitraje Medio ambiente Penal Tributario-Fiscal Urbanismo Consumidores y Usuarios Concursal Divorcios Derecho bancario Accidentes de tráfico
Abogados Plaza Numancia

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  • Pl. de Numancia, 7, Entresuelo izquierda, 390...
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Extranjería y Nacionalidad Reclamaciones de cantidad Tributario-Fiscal Seguros
Carlos Alonso Garcia, Abogado Burgos

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  • C. Tahonas, 2, 09003 Burgos
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Civil Extranjería y Nacionalidad Familia General Hipotecario y Notarial Internacional Militar Penal Seguros Concursal Alquileres Desahucios Divorcios Derecho bancario Accidentes de tráfico
Abogados Extranjería Fuerteventura

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  • C. San Roque, 23, Local 0A, 35600 Puerto del...
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Extranjería y Nacionalidad
Patricia González Álvarez Abogada

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  • Av. de Aguilera, 45, 4º D, 03007 Alicante
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Extranjería y Nacionalidad Reclamaciones de cantidad
Bufete Abogados Vinaròs. Derecho Extranjería. Estudio Jurídico Tributario.

Bufete Abogados Vinaròs. Derecho Extranjería. Estudio Jurídico Tributario.

  • Plaça de Jovellar, 12, 3-1, 12500 Vinaròs, Ca...
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Extranjería y Nacionalidad Divorcios
Rha Rebeca Hidalgo Abogada

Rha Rebeca Hidalgo Abogada

  • CRHA Rebeca Hidalgo Abogada, Carrer d'Enmig,...
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Comunitario Extranjería y Nacionalidad
Ead ✅ Abogado De Extranjería, Inmigración Y Nacionalidad En Castellón Y Vinaròs

Ead ✅ Abogado De Extranjería, Inmigración Y Nacionalidad En Castellón Y Vinaròs

  • Calle Villareal 2, entresuelo 2, 12500 Vinarò...
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Extranjería y Nacionalidad Divorcios

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Abogados especializados en derecho Extranjería y Nacionalidad

Un abogado de extranjería es el especialista que ayuda a ciudadanos extranjeros con todos los trámites legales para residir y trabajar en España. Los servicios más demandados incluyen la obtención de permisos de residencia y trabajo, la solicitud de nacionalidad española, los visados de inversión (Golden Visa), el arraigo social, familiar o laboral, y la reagrupación familiar. También asesora en denegaciones de visado, procedimientos de expulsión, recursos contra resoluciones de la Oficina de Extranjería y solicitudes de asilo y protección internacional. Los plazos y requisitos varían según el tipo de autorización: el arraigo social exige tres años de residencia continuada, mientras que la nacionalidad por residencia requiere diez años con carácter general (o dos para iberoamericanos). En Keatia puedes comparar abogados de extranjería verificados, ver sus opiniones y solicitar cita gratuita.

Preguntas frecuentes

Necesitas un abogado de extranjería cuando quieres solicitar o renovar el NIE, la tarjeta de residencia (temporal, permanente o larga duración), la nacionalidad española o el arraigo (social, laboral o familiar); cuando te han denegado un permiso o te han notificado expulsión y quieres recurrir; cuando necesitas reagrupar a familiares o tramitar asilo; o cuando tienes dudas sobre derechos de los extranjeros (trabajo, sanidad, educación). Un abogado de extranjería conoce la Ley de Extranjería, los reglamentos y la jurisprudencia, y te acompaña en todo el procedimiento. En Keatia puedes encontrar abogados especializados en derecho de extranjería y nacionalidad en toda España.

Los documentos dependen del tipo de residencia: por trabajo (contrato, empadronamiento, antecedentes penales, tasas); por estudios (matrícula, seguro, medios económicos); por reagrupación familiar (empadronamiento del reagrupante, vivienda, medios, relación familiar); por arraigo (informes de inserción social o laboral, empadronamiento de años, contrato o oferta de trabajo según el tipo). Siempre suelen pedir pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales del país de origen (apostillado y traducido) y justificante de tasas. Un abogado de extranjería te indica la documentación exacta para tu caso y evita denegaciones por defectos de forma. En Keatia tienes acceso a especialistas en derecho de extranjería.

El procedimiento de nacionalidad por residencia suele tardar entre uno y tres años desde la presentación de la solicitud, según la oficina y la carga de trabajo. Los costes incluyen tasas (en torno a 100 euros), traducción y legalización de documentos, y honorarios del abogado si lo contratas (desde 500 euros por gestión básica hasta 2.000 o más si hay recurso o asuntos complejos). Se exige residencia legal continuada (10 años en general, 5 para refugiados, 2 para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, 1 año para nacidos en España o con cónyuge español). Un abogado de extranjería te asesora sobre requisitos y plazos. En Keatia puedes contactar con abogados de nacionalidad.

Sí. Contra la denegación de un permiso de residencia o trabajo puedes presentar recurso de alzada ante la misma autoridad en el plazo de un mes. Contra la resolución del recurso, o contra una orden de expulsión, puedes interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado correspondiente (normalmente en el plazo de dos meses). En algunos casos existe también la posibilidad de recurso de reposición. Es fundamental actuar con rapidez para no perder plazos. Un abogado de extranjería redacta el recurso, aporta la normativa y jurisprudencia favorables y te representa. En Keatia puedes encontrar abogados especializados en derecho de extranjería y recursos administrativos.

El arraigo es una vía para obtener autorización de residencia temporal cuando se ha permanecido en España en situación irregular pero se cumplen requisitos de integración. Arraigo social: tres años de estancia continuada, informe de inserción social y contrato de trabajo; arraigo laboral: dos años de estancia y relación laboral de al menos un año; arraigo familiar: vínculo con un español o residente (cónyuge, ascendiente, descendiente o hermanos). La concesión es discrecional y la documentación es exigente. Un abogado de extranjería te indica si cumples los requisitos, prepara el expediente y te acompaña en la comparecencia. En Keatia puedes solicitar consulta con abogados de extranjería.

El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal que permite regularizar tu situación en España si eres padre o madre de un menor español, o hijo de español de origen. A diferencia del arraigo social (3 años de residencia) o laboral (2 años), el arraigo familiar no requiere tiempo mínimo de residencia ni contrato de trabajo. Necesitas: pasaporte en vigor, certificado de nacimiento del hijo español, empadronamiento, antecedentes penales y tasa 790-052. El plazo de resolución es de 3 meses con silencio positivo.

Arraigo social: requiere 3 años de residencia continuada, contrato de trabajo de al menos 1 año e informe de arraigo del ayuntamiento. Arraigo laboral: requiere 2 años de residencia y demostrar 6 meses de trabajo (aunque sea irregular), con acta de infracción o resolución judicial. Arraigo familiar: no requiere tiempo de residencia ni contrato, basta con acreditar vínculo familiar con ciudadano español (ser padre/madre de menor español o hijo de español de origen). El familiar es el más sencillo de obtener.

Como ciudadano español puedes reagrupar a tu cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 21 años (o mayores dependientes) y ascendientes mayores de 65 años o dependientes. Necesitas demostrar medios económicos suficientes (150% del IPREM para el primer familiar), vivienda adecuada (informe del ayuntamiento) y seguro médico. El procedimiento se inicia en la Oficina de Extranjería, con resolución en máximo 3 meses. Después, el familiar solicita visado en el consulado español de su país.

Si ya tienes asignado un NIE pero no has recibido la tarjeta física (TIE), puedes: solicitar cita para toma de huellas en la Oficina de Extranjería si aún no la has realizado, consultar el estado de tu expediente en la sede electrónica del Ministerio, o acudir presencialmente a la comisaría de policía donde se tramitó. Mientras tanto, el resguardo de la solicitud junto con tu pasaporte acredita tu situación legal. Si el retraso es excesivo (más de 45 días), puedes presentar una queja ante el Defensor del Pueblo.

El plazo legal de resolución es de 1 año desde la solicitud, pero en la práctica los tiempos son mucho más largos. Actualmente, las solicitudes de nacionalidad por residencia tardan entre 1 y 3 años en resolverse, dependiendo de la vía (electrónica o presencial) y la carga de trabajo del Registro Civil. Puedes consultar el estado de tu expediente en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Si transcurre más de 1 año sin resolución, se entiende desestimada por silencio negativo, pero puedes recurrir.

Sí. El resguardo de la solicitud de tarjeta de residencia, junto con tu pasaporte, acredita tu situación legal en España y te habilita para trabajar si tu autorización incluye permiso de trabajo. Los empleadores están obligados a aceptar este documento como prueba de tu derecho a trabajar. Si un empleador se niega, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo. El resguardo tiene una validez limitada (normalmente 3 meses), renovable si la tarjeta no se ha emitido.

Para renovar tu permiso de residencia necesitas: formulario EX-02, pasaporte en vigor (original y copia), tarjeta de residencia actual, empadronamiento actualizado, tasa 790-052 pagada, y documentación específica según tu tipo de permiso: contrato de trabajo o vida laboral (residencia por trabajo), medios económicos (residencia no lucrativa), o documentación familiar (reagrupación). Debes solicitar la renovación durante los 60 días anteriores a la caducidad o los 90 días posteriores (con posible sanción).

Sí, con un permiso de residencia válido puedes viajar dentro del espacio Schengen (26 países europeos) durante un máximo de 90 días en cualquier período de 180 días. Para viajar fuera de Schengen necesitas tu pasaporte y posiblemente visado del país de destino. Ten en cuenta que las ausencias prolongadas de España pueden afectar a la renovación de tu permiso: no debes ausentarte más de 6 meses consecutivos al año. En residencia de larga duración, el límite es 12 meses consecutivos.

Si tu permiso caduca sin haber solicitado la renovación, te encuentras en situación irregular. Sin embargo, tienes un plazo de gracia de 90 días tras la caducidad para solicitar la renovación (con posible sanción por presentación tardía). Durante este período, sigues teniendo derecho a asistencia sanitaria y tus derechos laborales se mantienen. Si han pasado más de 90 días, deberás iniciar un nuevo procedimiento de autorización. Es fundamental no dejar caducar el permiso sin actuar.

El procedimiento de reagrupación familiar se inicia en España: primero solicita cita en la Oficina de Extranjería de tu provincia, presenta el formulario EX-02 con toda la documentación (medios económicos, vivienda adecuada, seguro médico, vínculo familiar). La resolución tarda máximo 3 meses. Si es favorable, tu familiar debe solicitar visado de residencia por reagrupación en el consulado español de su país. Una vez en España, tiene 1 mes para solicitar la TIE. Todo el proceso puede durar entre 4 y 8 meses.

El cónyuge extranjero de un ciudadano español puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, que le permite residir y trabajar en España. Los requisitos son: matrimonio válido inscrito en el Registro Civil, convivencia efectiva con el cónyuge español, y no estar en situación irregular con orden de expulsión firme. El procedimiento se tramita ante la Oficina de Extranjería y la resolución debe emitirse en 3 meses. La tarjeta tiene validez de 5 años y es renovable. No se exige un nivel mínimo de ingresos del cónyuge español.

El plazo legal para resolver una solicitud de nacionalidad española por residencia es de 1 año desde la presentación. Sin embargo, en la práctica los plazos son significativamente más largos: actualmente oscilan entre 1,5 y 3 años. El proceso incluye: presentación telemática de la solicitud, exámenes CCSE (conocimientos constitucionales) y DELE A2 (idioma), instrucción del expediente, resolución de la DGRN, y jura o promesa ante el Registro Civil. Si transcurre 1 año sin resolución, se entiende desestimada por silencio administrativo negativo.

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales para extranjeros en situación irregular que acrediten permanencia continuada en España de al menos 3 años. Requisitos: carecer de antecedentes penales, contar con un contrato de trabajo de al menos 1 año (o medios económicos suficientes), y presentar un informe de arraigo emitido por el ayuntamiento que acredite la integración social. El informe valora: tiempo de permanencia, vínculos familiares, domicilio, conocimiento del idioma y participación social. La autorización es de 1 año, renovable.

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