Abogados especializados en derecho Divorcios en Ampuero

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Abogado Antonio Piñal García

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Abogados especializados en derecho Divorcios en Ampuero

Un abogado de divorcios es el profesional que te asesora y representa en el proceso de disolución del matrimonio. Existen dos tipos principales: el divorcio de mutuo acuerdo (más rápido y económico, requiere convenio regulador firmado por ambas partes) y el divorcio contencioso (cuando no hay acuerdo). Las cuestiones clave que se resuelven en un divorcio incluyen la custodia de los hijos (compartida o exclusiva), la pensión alimenticia, la pensión compensatoria, el uso de la vivienda familiar, la liquidación del régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes) y el régimen de visitas. El divorcio de mutuo acuerdo cuesta entre 500 € y 1.500 €, mientras que el contencioso puede superar los 3.000 €. Solo se exigen tres meses de matrimonio para divorciarse. En Keatia puedes comparar abogados de divorcios verificados y solicitar consulta gratuita.

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Preguntas frecuentes

En Cantabria, los honorarios por un divorcio suelen variar según si es de mutuo acuerdo o contencioso. Como orientación, un mutuo acuerdo puede costar entre 700 y 1.500 € + IVA por el procedimiento (a veces abogado y procurador), mientras que un contencioso suele moverse entre 1.500 y 3.500 € + IVA, pudiendo subir si hay medidas complejas o liquidación de gananciales. Además, hay tasas de procurador y posibles peritajes. El proceso se regula principalmente por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Recomendación: pide presupuesto cerrado y por fases; en keatia.es puedes comparar abogados de divorcios en Cantabria y solicitar cita.

Los plazos dependen del tipo de procedimiento y de la carga del Juzgado de Primera Instancia que corresponda (por ejemplo, en Santander y Torrelavega puede haber diferencias). En un divorcio de mutuo acuerdo, desde la presentación de la demanda con el convenio regulador hasta la sentencia, lo habitual es entre 1 y 3 meses, aunque puede alargarse si falta documentación. En un contencioso, es frecuente que el proceso se vaya a 6–12 meses o más, especialmente si hay vista y prueba. La base legal está en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Recomendación: prepara documentación completa y valora mediación para acortar tiempos.

En España, para tramitar un divorcio judicial necesitas abogado y procurador (art. 31 y 23 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), tanto si es de mutuo acuerdo como si es contencioso. Solo hay excepciones muy limitadas en procedimientos de cuantía reducida, que no aplican al divorcio. En divorcio de mutuo acuerdo, normalmente podéis compartir abogado y procurador si no hay conflicto de intereses; en contencioso, cada parte debe llevar su propia defensa. Si el divorcio se realiza ante notario (posible sin hijos menores o con capacidad modificada), también se requiere abogado. Recomendación: consulta el encaje de tu caso y solicita presupuesto detallado.

Para presentar la demanda de divorcio ante el Juzgado de Primera Instancia competente en Cantabria, lo habitual es aportar: certificado literal de matrimonio (Registro Civil), certificados de nacimiento de los hijos, certificado de empadronamiento o documento que acredite domicilio, libro de familia si se tiene, y documentación económica (nóminas, IRPF, prestaciones, extractos) si se van a fijar pensión de alimentos o compensatoria. En mutuo acuerdo, se añade el convenio regulador (custodia, visitas, pensiones, uso de vivienda, etc.). La tramitación se apoya en el Código Civil y la LEC. Recomendación: reúne todo antes para evitar requerimientos y retrasos.

Sí. Desde la reforma de 2005 (Ley 15/2005), en España no es necesaria la separación previa para divorciarse. El requisito temporal principal es que hayan transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio para poder presentar demanda de divorcio (art. 81 y 86 del Código Civil), salvo excepciones por riesgo para la vida, integridad física, libertad o indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos. En Cantabria, el procedimiento se tramita como en el resto de España ante el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial correspondiente. Recomendación: consulta cuanto antes con un abogado para elegir vía (mutuo acuerdo/contencioso) y medidas urgentes si fueran necesarias.

La custodia se decide atendiendo al interés superior del menor (Código Civil y jurisprudencia), valorando la implicación de cada progenitor, horarios, disponibilidad, distancia entre domicilios, edad de los menores y capacidad de cooperación. La custodia compartida es posible y frecuente cuando hay estabilidad y buena comunicación, aunque no es automática. En procedimientos contenciosos pueden intervenir equipos psicosociales adscritos a los juzgados para emitir informes. También se fijan régimen de visitas, pensión de alimentos y, en su caso, atribución del uso de la vivienda familiar. Recomendación: aporta un plan parental realista y pruebas de tu implicación; en keatia.es puedes localizar abogados de familia en Cantabria con experiencia en custodias.

Son dos planos distintos: uso de la vivienda y titularidad/hipoteca. El uso puede atribuirse al progenitor custodio y a los hijos, aunque la vivienda sea privativa o ganancial (art. 96 del Código Civil), especialmente si hay menores. La hipoteca, en cambio, sigue siendo responsabilidad frente al banco de quienes firmaron el préstamo, salvo novación aceptada por la entidad. Si la vivienda es ganancial, puede liquidarse en un procedimiento posterior o dentro del divorcio si hay acuerdo, con adjudicación y compensaciones. Recomendación: no firmes acuerdos sin estudiar viabilidad financiera; en keatia.es puedes comparar abogados en Cantabria para planificar divorcio y liquidación de gananciales.

La pensión de alimentos para hijos se fija según necesidades del menor y capacidad económica de los progenitores (arts. 142 y ss. del Código Civil), teniendo en cuenta ingresos, gastos, custodia y tiempos de estancia. No hay una tabla única obligatoria, pero muchos juzgados orientan con criterios y herramientas del CGPJ. La pensión compensatoria (art. 97 CC) procede si el divorcio genera desequilibrio económico respecto a la situación anterior, valorando duración del matrimonio, dedicación a la familia, edad, formación y posibilidades laborales. Se puede pactar temporal o indefinida, en pago mensual o único. Recomendación: prepara documentación económica completa y negocia con asesoramiento; un abogado especializado en Cantabria te ayudará a ajustar cifras a la práctica judicial local.

La demanda se presenta en el Juzgado de Primera Instancia (Familia si lo hay) del partido judicial que corresponda: normalmente el del último domicilio conyugal o el domicilio del demandado, con reglas específicas en materia de familia (LEC). En Cantabria, según municipio, puede corresponder Santander, Torrelavega, Castro Urdiales, Laredo, Reinosa, San Vicente de la Barquera o Santoña, entre otros. Tu abogado gestionará la presentación telemática y la intervención del procurador. Si existe urgencia (medidas provisionales), se pueden solicitar medidas previas o coetáneas. Recomendación: confirma competencia antes de presentar para evitar inadmisiones; en keatia.es puedes encontrar abogados que trabajen habitualmente con los juzgados de tu zona.

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