Abogados especializados en derecho de Familia en Alameda

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Unive Abogados

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María Teresa García Muñumel

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  • Edf. Santander II, C. Hilera, nº 5, 6º H, 290...
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Fuensanta Mata De Damas

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  • Alameda de Colón, 24, 9-4, 29001 Málaga
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Ferrero Abogados /Lawyers

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Visiónjurídica.es

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Despacho Paloma Rubio García

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  • Alameda de Colón, 15, 2º-3, 29001 Málaga
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Abogados especializados en derecho de Familia en Alameda

Un abogado de familia es el profesional que te asesora y representa en conflictos relacionados con las relaciones familiares y de pareja. Los casos más frecuentes incluyen divorcios (de mutuo acuerdo o contenciosos), separaciones, custodia compartida o exclusiva de los hijos, pensiones alimenticias, régimen de visitas, modificación de medidas judiciales y mediación familiar. También interviene en la liquidación de la sociedad de gananciales, acuerdos prenupciales, impugnación de paternidad y procedimientos de violencia intrafamiliar. Un divorcio de mutuo acuerdo en España puede costar entre 500 € y 1.500 €, mientras que un contencioso puede superar los 3.000 €. El plazo mínimo para solicitar el divorcio es de tres meses desde la celebración del matrimonio. En Keatia puedes encontrar abogados de familia con opiniones reales, comparar experiencia y reservar cita gratuita online.

En Alameda hay 6 profesionales disponibles en Familia registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

En Málaga, el coste suele variar según si el trámite es de mutuo acuerdo o contencioso y si hay hijos o patrimonio. Como orientación, un divorcio de mutuo acuerdo puede rondar 800–1.500 € por todo el asunto (abogado y procurador), mientras que uno contencioso suele situarse entre 1.500 y 4.000 € o más, según vistas e informes. También puede haber gastos por peritajes o mediación. La base legal es el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Antes de decidir, pide presupuesto por escrito y pregunta qué incluye. En Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados de Familia en Málaga y solicitar varias propuestas.

El plazo depende del tipo de procedimiento y de la carga del juzgado. Por ley, para divorciarse deben haber transcurrido 3 meses desde el matrimonio (art. 81 del Código Civil), salvo excepciones por riesgo. En Málaga, un divorcio de mutuo acuerdo puede resolverse en aproximadamente 1 a 3 meses si la documentación está completa; el contencioso suele irse a 6 a 12 meses, o más si hay pruebas, informes psicosociales o recursos. La tramitación se realiza en los Juzgados de Primera Instancia (Familia) de Málaga. Recomendación: prepara convenio y documentación desde el inicio y consulta a un especialista para evitar retrasos.

Habitualmente te pedirán certificado de matrimonio y de nacimiento de los hijos (Registro Civil), DNI/NIE, libro de familia (si lo tienes), padrón o domicilio, y documentación económica: nóminas, IRPF, vida laboral, prestaciones, extractos y, si hay bienes, escrituras, nota simple del Registro de la Propiedad y recibos de hipoteca/alquiler. Si se van a fijar alimentos o custodia, conviene aportar gastos de colegio, extraescolares y salud. En procedimientos de familia se aplica la LEC y el Código Civil; la prueba documental desde el principio ayuda mucho. Consejo: antes de presentar demanda, revisa con un abogado qué falta y cómo pedir certificados en Málaga para no perder tiempo.

La custodia se decide atendiendo al interés superior del menor, valorando la implicación previa de cada progenitor, disponibilidad horaria, distancia entre domicilios, apoyo familiar y capacidad de cooperación. La custodia compartida es posible y frecuente, pero no automática: debe ser beneficiosa para los hijos y viable en la práctica. El marco es el Código Civil (arts. 92 y ss.) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En Málaga, el juzgado puede solicitar informe del Equipo Psicosocial si hay conflicto. Recomendación: prepara un plan de parentalidad realista (horarios, cambios, comunicaciones, gastos) y evita mensajes o conductas que puedan perjudicarte. En Keatia (keatia.es) puedes localizar abogados de Familia en Málaga con experiencia en custodia compartida.

La pensión de alimentos se fija según la necesidad de los menores y la capacidad económica de cada progenitor (Código Civil, arts. 142 y 146). Incluye comida, vivienda, ropa, educación ordinaria y atención sanitaria básica. Además se suelen pactar o fijar “gastos extraordinarios” (ortodoncia, gafas, actividades no habituales), que normalmente se abonan al 50% salvo que el juez establezca otro reparto. No existe una tabla obligatoria estatal, pero muchos juzgados usan como referencia orientativa las tablas del CGPJ para estimar importes. Consejo: reúne pruebas de ingresos reales y gastos del menor y pacta por escrito qué se considera extraordinario para evitar conflictos futuros.

Si hay sentencia o convenio aprobado judicialmente, lo habitual es iniciar una ejecución de título judicial ante el juzgado que dictó las medidas (LEC, arts. 517 y ss.). Puedes pedir embargo de nómina, cuentas, devoluciones de Hacienda o bienes. Si el impago es reiterado, también puede existir vía penal por abandono de familia (art. 227 del Código Penal), generalmente cuando se dejan de pagar 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos. Es importante acreditar los impagos con extractos bancarios y mantener un registro. Recomendación: actúa pronto para evitar acumulación de deuda y negocia si hay causa justificada. En Keatia (keatia.es) puedes encontrar abogados de Familia en Málaga que gestionen ejecuciones y reclamaciones.

Sí, mediante una demanda de modificación de medidas cuando haya un cambio sustancial, estable y relevante respecto a lo que se tuvo en cuenta al dictar la sentencia: pérdida o mejora significativa de ingresos, cambios de residencia, nuevas necesidades del menor, incumplimientos graves o alteración de la disponibilidad para cuidar. La base está en el Código Civil y la LEC, y no basta con cambios puntuales. Si ambas partes están de acuerdo, puede tramitarse de mutuo acuerdo; si no, será contencioso y puede requerir vista e informes. Recomendación: reúne pruebas (nóminas, contratos, empadronamiento, gastos) y consulta antes de dejar de pagar o cambiar unilateralmente el régimen, porque puede perjudicarte.

En general, sí: el divorcio judicial exige abogado y procurador (LEC). En mutuo acuerdo, ambos cónyuges pueden compartir abogado y procurador si no hay conflicto de intereses, lo que reduce costes. Alternativamente, si no hay hijos menores o con discapacidad con medidas de apoyo, puede tramitarse divorcio ante notario, pero aun así es obligatorio abogado (Ley del Notariado y Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria). En Málaga, muchos asuntos se gestionan ante los Juzgados de Primera Instancia (Familia). Recomendación: valora si podéis negociar un convenio regulador completo (custodia, pensiones, vivienda, reparto de bienes) y pide presupuesto cerrado para evitar sorpresas.

Conviene acudir cuanto antes si hay hijos menores, riesgo de sustracción, discusiones por visitas, uso de vivienda o cualquier situación de tensión. En casos de violencia de género o doméstica, la prioridad es la seguridad: se pueden solicitar medidas urgentes (orden de protección y medidas civiles) ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Málaga o en comisaría/guardia, y después se fijan medidas de custodia y alimentos. También es recomendable asesorarse antes de firmar acuerdos privados, porque pueden ser ineficaces o perjudiciales. Recomendación: no esperes a “ver qué pasa”; una consulta temprana ayuda a preparar pruebas, evitar errores y pedir medidas provisionales si procede.

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