Mostrando 4 de 12 profesionales
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Un abogado de familia es el profesional que te asesora y representa en conflictos relacionados con las relaciones familiares y de pareja. Los casos más frecuentes incluyen divorcios (de mutuo acuerdo o contenciosos), separaciones, custodia compartida o exclusiva de los hijos, pensiones alimenticias, régimen de visitas, modificación de medidas judiciales y mediación familiar. También interviene en la liquidación de la sociedad de gananciales, acuerdos prenupciales, impugnación de paternidad y procedimientos de violencia intrafamiliar. Un divorcio de mutuo acuerdo en España puede costar entre 500 € y 1.500 €, mientras que un contencioso puede superar los 3.000 €. El plazo mínimo para solicitar el divorcio es de tres meses desde la celebración del matrimonio. En Keatia puedes encontrar abogados de familia con opiniones reales, comparar experiencia y reservar cita gratuita online.
En Aranjuez hay 12 profesionales disponibles en Familia registrados en Keatia.
El precio en Madrid depende de si es un divorcio de mutuo acuerdo o contencioso y de si hay hijos o bienes. Como orientación, un mutuo acuerdo suele rondar entre 700 y 1.500 € por abogado (más procurador, aprox. 200–400 €), mientras que un contencioso puede situarse entre 1.800 y 5.000 € o más si hay medidas complejas. La base legal está en el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), y se tramita en los Juzgados de Primera Instancia (Familia) de Madrid. Pide siempre presupuesto cerrado por fases y qué incluye (demanda, vistas, recursos). En Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados de Familia en Madrid y solicitar varias propuestas.
En España puedes solicitar el divorcio sin alegar causa una vez transcurridos 3 meses desde la celebración del matrimonio (art. 81 del Código Civil), salvo excepciones por riesgo. En Madrid, un divorcio de mutuo acuerdo puede resolverse en 1 a 3 meses si se presenta convenio regulador claro y la agenda del juzgado acompaña; si es ante notario (sin hijos menores ni dependientes), puede cerrarse en semanas. Un contencioso suele alargarse 6 a 12 meses, y más si hay informes psicosociales o recursos. La duración real depende del juzgado concreto y de la carga de trabajo. Lo recomendable es preparar bien documentación y propuesta de medidas para evitar retrasos.
Sí. En procedimientos judiciales de medidas sobre hijos (custodia, visitas, pensión de alimentos) se exige abogado y procurador, conforme a la LEC, salvo supuestos muy puntuales. Aunque se trate de medidas provisionales o de una modificación posterior, lo habitual es tramitarlo ante los Juzgados de Familia de Madrid (Juzgados de Primera Instancia especializados). El abogado no solo “presenta papeles”: prepara la estrategia, propone un plan de parentalidad, revisa pruebas (colegio, horarios, comunicaciones) y gestiona la comparecencia. Además, en Madrid es frecuente que se solicite informe del Equipo Psicosocial, lo que hace clave asesorarse desde el inicio. Recomendación: consulta cuanto antes para evitar errores que condicionen la custodia.
Para un divorcio con hijos en Madrid suele pedirse: certificado literal de matrimonio (Registro Civil), certificados de nacimiento de los menores, certificado de empadronamiento, libro de familia si se dispone, y documentación económica para fijar alimentos (nóminas, IRPF, vida laboral, gastos de vivienda, hipoteca o alquiler). Si hay bienes, conviene aportar escrituras, notas simples y extractos de cuentas. En mutuo acuerdo se presenta un convenio regulador detallado (custodia, visitas, pensión, uso de vivienda, reparto de gastos extraordinarios). En contencioso, además, se preparan pruebas. Lo más útil es llevar una lista de ingresos y gastos reales. En Keatia (keatia.es) puedes localizar abogados de Familia en Madrid que te indiquen exactamente qué aportar según tu caso.
La pensión de alimentos se fija según las necesidades del menor y la capacidad económica de cada progenitor (arts. 142 y ss. del Código Civil), valorando ingresos, tiempos de custodia y gastos ordinarios (comida, ropa, material escolar). No hay una “tabla obligatoria”, pero muchos juzgados usan orientativamente las tablas del CGPJ. En Madrid es frecuente acordar además el reparto de gastos extraordinarios (dentista, gafas, actividades no ordinarias) al 50% o proporcional. La actualización suele pactarse anual conforme al IPC (INE), y conviene dejarlo escrito en la sentencia o convenio. Si cambian sustancialmente ingresos o necesidades, puede solicitarse modificación de medidas. Recomendación: documenta bien ingresos y gastos para evitar pensiones irreales y futuros conflictos.
No existe un “plazo fijo” general para pedir modificación de medidas: puede solicitarse en cualquier momento si hay un cambio sustancial, estable y relevante respecto a lo que se fijó en sentencia o convenio (criterio jurisprudencial y art. 775 LEC). Ejemplos: pérdida o mejora importante de ingresos, cambio de domicilio que afecta al régimen de visitas, nuevas necesidades del menor, o incumplimientos reiterados que aconsejen ajustar medidas. En Madrid, el procedimiento se tramita ante el juzgado que dictó las medidas, salvo excepciones. Es clave reunir pruebas (nóminas, contratos, informes escolares, empadronamiento). Recomendación: no esperes a acumular deuda o conflicto; consulta pronto para valorar viabilidad y preparar una demanda sólida.
Si hay sentencia o convenio aprobado judicialmente y no se paga la pensión, lo habitual es iniciar una ejecución de sentencia (arts. 517 y ss. LEC) ante el mismo Juzgado de Familia de Madrid. Se reclaman cantidades vencidas, con intereses, y pueden embargarse nóminas, cuentas o devoluciones de Hacienda. Si el impago es reiterado, además puede haber responsabilidad penal por abandono de familia (art. 227 del Código Penal), normalmente cuando se dejan de pagar dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos. Es importante conservar justificantes de pagos/no pagos y comunicaciones. Recomendación: actúa rápido para evitar acumulación de deuda y proteger al menor; en Keatia (keatia.es) puedes encontrar abogados en Madrid con experiencia en ejecuciones y reclamaciones.
Sí, pero con límites. El divorcio o separación ante notario (Ley del Notariado y art. 82 del Código Civil) solo es posible si hay mutuo acuerdo y no existen hijos menores de edad o con discapacidad que dependan de los progenitores. También se exige la asistencia de abogado, que firma la escritura junto a las partes. En Madrid puede ser una opción rápida: preparas el convenio, reúnes certificados (matrimonio) y acudes a la notaría; en pocas semanas puede quedar formalizado. Si hay hijos menores, deberá tramitarse judicialmente ante los Juzgados de Familia. Recomendación: revisa bien el convenio (vivienda, pensiones compensatorias, bienes) para evitar problemas futuros; un abogado de Familia te ayudará a dejarlo cerrado.
Conviene contratar abogado en cuanto exista una decisión real de separarse, un conflicto por los hijos o dudas sobre pensiones y vivienda. Llegar “tarde” suele implicar acuerdos verbales que luego perjudican (por ejemplo, salidas del domicilio o pagos sin respaldo). En Madrid, busca un especialista en Derecho de Familia con experiencia en Juzgados de Primera Instancia (Familia), que te explique estrategia, costes por fases y alternativas (mutuo acuerdo, mediación, medidas provisionales). El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) puede orientar sobre profesionales, y es clave pedir presupuesto y plan de actuación. En Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados de Familia en Madrid por especialidad, opiniones y disponibilidad, y pedir varias valoraciones antes de decidir.
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