Abogados especializados en derecho de Familia en Almería

Mostrando 8 de 30 profesionales

M Isabel Martinez Gomez

M Isabel Martinez Gomez

ISABEL MARTINEZ GOMEZ
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  • PLAZA 3 DE ABRIL 1A, 04005 Almería
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Especialidades

Civil Extranjería y Nacionalidad Familia Mercantil Procesal Reclamaciones de cantidad Concursal Herencias y Testamentos Alquileres Desahucios Divorcios Derecho bancario Accidentes de tráfico
Abogada Maria Piquer Socias

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  • Parque de Nicolás Salmerón, 12, 04002 Almería
6 Opiniones

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Familia Marítimo Propiedad Industrial Herencias y Testamentos Cooperativas Divorcios
Domingo Serrano Abogados

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  • C. Parrales, 4, 04800 Albox, Almería
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Civil Derecho deportivo Familia Marítimo Penal Herencias y Testamentos Desahucios Divorcios
Ruiz Medina Garro Abogados

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  • Edificio Puerto Maro, Residencial Oliveros, C...
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Inmobiliario Constitucional Derecho deportivo Familia Procesal Laboral
Abogados Reclabank

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  • Sin numero, C. José Díaz Gálvez, 04006 Almerí...
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Civil Constitucional Derecho deportivo Familia Militar Procesal Recurso de multas Concursal Desahucios Divorcios Derecho bancario
Davies Abogados/ Solicitors & Barristers

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  • Paseo de Almería, 4, 2nd floor, 04001 Almería
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Familia
Manuel Puertollano Yudes

Manuel Puertollano Yudes

  • C. Practicante Andrés del Aguila, 4, 04800 Al...
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Inmobiliario Civil Derecho deportivo Familia General Marítimo Penal Procesal Propiedad Industrial Telecomunicaciones Comunidad de propietarios Concursal Desahucios Divorcios Derecho bancario
Miranda Asesores

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  • Av. Federico García Lorca, 11, 04004 Almería
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Especialidades

Familia Procesal Tributario-Fiscal Comunidad de propietarios Concursal Herencias y Testamentos Laboral

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Abogados especializados en derecho de Familia en Almería

Un abogado de familia es el profesional que te asesora y representa en conflictos relacionados con las relaciones familiares y de pareja. Los casos más frecuentes incluyen divorcios (de mutuo acuerdo o contenciosos), separaciones, custodia compartida o exclusiva de los hijos, pensiones alimenticias, régimen de visitas, modificación de medidas judiciales y mediación familiar. También interviene en la liquidación de la sociedad de gananciales, acuerdos prenupciales, impugnación de paternidad y procedimientos de violencia intrafamiliar. Un divorcio de mutuo acuerdo en España puede costar entre 500 € y 1.500 €, mientras que un contencioso puede superar los 3.000 €. El plazo mínimo para solicitar el divorcio es de tres meses desde la celebración del matrimonio. En Keatia puedes encontrar abogados de familia con opiniones reales, comparar experiencia y reservar cita gratuita online.

En Almería hay 30 profesionales disponibles en Familia registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

El coste suele depender de si es un procedimiento de mutuo acuerdo o contencioso. En Almería, un divorcio de mutuo acuerdo suele moverse, de forma orientativa, entre 700 y 1.500 € por abogado (más procurador, aprox. 200–400 €), mientras que un contencioso puede situarse entre 1.500 y 4.000 € o más si hay medidas complejas (custodia, periciales, liquidación de gananciales). La base legal está en el Código Civil y la LEC (Ley 1/2000). Pide presupuesto por escrito y pregunta qué incluye (convenio regulador, vistas, recursos). Para comparar profesionales en la provincia, Keatia (keatia.es) te ayuda a encontrar abogados de Familia en Almería y solicitar cita.

Los tiempos varían según el juzgado y si hay acuerdo. En mutuo acuerdo, desde la presentación de la demanda con convenio regulador hasta la sentencia pueden ser, orientativamente, 1 a 3 meses si la carga de trabajo lo permite. En contencioso, lo habitual es 6 a 12 meses, pudiendo alargarse si hay informes psicosociales o pruebas. Legalmente, para divorciarte no hay que “esperar” un tiempo mínimo desde la boda, salvo el requisito general de 3 meses de matrimonio (art. 81 CC), salvo riesgo. Un abogado local conoce la práctica de los Juzgados de Almería y puede anticipar tiempos reales y estrategia.

Sí. Si la situación es urgente (convivencia inviable, menores, falta de ingresos), puedes pedir medidas provisionales previas o coetáneas a la demanda de separación/divorcio, conforme a los arts. 771 y 773 de la LEC. Estas medidas pueden fijar custodia, régimen de visitas, uso de vivienda y pensión de alimentos de forma temporal. En la práctica, el juzgado suele señalar una comparecencia y decidir tras oír a las partes y valorar documentación (nóminas, gastos de menores, empadronamiento, escolarización). En casos de violencia, pueden coexistir con órdenes de protección (Ley Orgánica 1/2004). Lo recomendable es actuar rápido y con asesoramiento profesional especializado.

Para iniciar un procedimiento de medidas paterno-filiales o en divorcio con hijos, suele ser clave reunir: DNI/NIE, certificado de matrimonio (si procede) y certificados de nacimiento de los menores (Registro Civil), certificado de empadronamiento, libro de familia (si existe), y toda la prueba económica: nóminas, IRPF, vida laboral, prestaciones, extractos bancarios, alquiler/hipoteca, recibos de guardería/colegio, actividades y gastos médicos. También ayudan comunicaciones relevantes (WhatsApp/email) y calendario de cuidados. La pensión se fija atendiendo a necesidades de los menores y capacidad económica (arts. 93 y 142 CC). Un abogado de Familia en Almería te dirá qué aportar según tu caso y evitará retrasos.

La pensión de alimentos se calcula valorando necesidades del menor y recursos de ambos progenitores (arts. 93, 142 y ss. del Código Civil). No hay una “tabla obligatoria”, pero se usan criterios orientadores y se analizan ingresos reales, gastos fijos y tiempos de custodia. Si no se paga, puedes solicitar ejecución de sentencia en el juzgado: embargo de nómina, cuentas o devoluciones de Hacienda (LEC). Si el impago es reiterado, puede existir delito de abandono de familia (art. 227 CP), normalmente cuando se dejan de pagar 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos. Te conviene documentar impagos y actuar con rapidez. En Keatia (keatia.es) puedes localizar abogados en Almería con experiencia en ejecuciones.

La custodia compartida es posible si es lo más beneficioso para los menores. Se apoya en el art. 92 del Código Civil y en la doctrina del Tribunal Supremo, que la considera una opción normal cuando hay condiciones adecuadas. El juez valora, entre otros factores: implicación previa de cada progenitor, capacidad de cooperación, proximidad de domicilios en Almería o municipios cercanos, horarios laborales, apoyo familiar, edad de los menores y su rutina escolar. En ocasiones se solicita informe del equipo psicosocial. No basta con “pedirla”: hay que proponer un plan de parentalidad realista (calendario, gastos, comunicaciones). Un abogado de Familia local puede ayudarte a preparar una propuesta sólida y pruebas útiles.

En un divorcio judicial, incluso de mutuo acuerdo, normalmente necesitas abogado y procurador (LEC). La vía notarial es posible solo si no hay hijos menores o con discapacidad con medidas de apoyo, y si existe acuerdo total: se formaliza escritura pública ante notario (Ley de Jurisdicción Voluntaria, Ley 15/2015). Si hay hijos menores, el divorcio debe tramitarse en el juzgado y el Ministerio Fiscal interviene para proteger su interés. En la práctica, un abogado redacta el convenio regulador (custodia, pensiones, vivienda, reparto de gastos) y evita cláusulas que el juzgado pueda rechazar. Para comparar profesionales en Almería y pedir presupuesto, Keatia (keatia.es) es un buen punto de partida.

Si hay un cambio sustancial, estable y relevante (pérdida/variación de ingresos, cambio de residencia, necesidades nuevas del menor), puedes pedir una modificación de medidas ante el juzgado que dictó la sentencia, conforme a la LEC y la jurisprudencia. No basta con un cambio temporal: suele exigirse que no sea provocado voluntariamente y que afecte de forma clara al equilibrio fijado. Debes aportar prueba: contrato/despido, nóminas actuales, informes médicos, gastos educativos, nuevo empadronamiento, etc. Los tiempos varían, pero puede tardar varios meses y pueden adoptarse medidas provisionales si hay urgencia. La recomendación es no “dejar pasar” la situación: consulta a un abogado de Familia en Almería para plantearlo con viabilidad.

La liquidación del régimen de gananciales se regula en el Código Civil (arts. 1344 y ss.) y puede hacerse de mutuo acuerdo (más rápida y económica) o judicialmente si hay conflicto. Primero se forma inventario (activo y pasivo: vivienda, cuentas, deudas, vehículos), luego se valora y se adjudica. Si no hay acuerdo, el procedimiento puede implicar peritos y subasta, encareciendo. En Almería, los honorarios suelen variar mucho: un acuerdo puede costar aprox. 800–2.000 €, mientras que un litigio puede subir a 2.000–6.000 € o más según bienes y complejidad, además de procurador y posibles periciales. Conviene analizar la escritura de compra, hipoteca y movimientos bancarios. En Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados con experiencia en gananciales en la provincia.

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