Abogados especializados en derecho Civil en Alcalá de Guadaíra

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Jionos Abogados

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Inmobiliario Civil Familia General Hipotecario y Notarial Penal Concursal Herencias y Testamentos Desahucios Cooperativas Divorcios Laboral Derecho bancario Accidentes de tráfico

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Abogados especializados en derecho Civil en Alcalá de Guadaíra

Un abogado civilista se encarga de defender tus derechos en conflictos entre particulares y empresas que no tienen carácter penal. Las áreas de actuación más habituales incluyen la redacción y revisión de contratos, las reclamaciones por incumplimiento contractual, las demandas de responsabilidad civil extracontractual (por ejemplo, daños causados por terceros) y los litigios sobre propiedad y posesión. También asesoran en derecho de obligaciones, reclamaciones de cantidad, servidumbres y usufructos. Los procedimientos civiles pueden resolverse mediante juicio ordinario, juicio verbal o monitorio según la cuantía reclamada. Los honorarios de un abogado civil en España suelen situarse entre 400 € y 2.500 €, variando según la complejidad del caso. En Keatia puedes encontrar abogados civilistas verificados, leer opiniones reales de sus clientes y reservar tu primera consulta gratuita online.

En Alcalá de Guadaíra hay 1 profesional disponible en Civil registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

En Sevilla, los honorarios de un abogado civil suelen depender de la cuantía del asunto, la complejidad y si hay juicio. Como referencia orientativa: una consulta puede costar 50–120 €, la redacción de un burofax o requerimiento 120–300 €, un procedimiento verbal 900–2.000 €, y un ordinario 1.500–4.500 € (más si hay prueba pericial). Aparte, pueden existir gastos de procurador (aprox. 200–600 €), peritos y tasas registrales/notariales. Aunque desde 2015 las personas físicas no pagan tasas judiciales estatales (Ley 10/2012 tras reformas), sí hay costas si se pierde. Recomendación: pide presupuesto por escrito y compara profesionales en keatia.es.

El plazo general para reclamar deudas personales (facturas, servicios, préstamos entre particulares) es de 5 años desde que la deuda puede exigirse, según el art. 1964 del Código Civil, salvo plazos especiales. Si hay un título ejecutivo (p. ej., sentencia o laudo), la acción ejecutiva suele ser de 5 años (art. 518 LEC). Para interrumpir la prescripción sirve un requerimiento fehaciente (burofax con acuse), reconocimiento de deuda o demanda. En la práctica, conviene actuar pronto para localizar al deudor y embargar si procede. Recomendación: revisa fechas y documentación con un abogado civil en Sevilla; en keatia.es puedes localizar especialistas en reclamaciones de cantidad.

Depende de la cuantía y del procedimiento. En general, para demandas civiles necesitas abogado y procurador (arts. 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). La excepción típica: juicios verbales de cuantía no superior a 2.000 € pueden tramitarse sin abogado ni procurador, aunque no siempre es recomendable si hay prueba compleja. En desahucios, reclamaciones de rentas, responsabilidad civil o demandas ordinarias, normalmente sí serán necesarios. En Sevilla, los asuntos se tramitan en los Juzgados de Primera Instancia (y, según materia, Mercantil o Familia). Recomendación: antes de presentar demanda, consulta estrategia y costes; un abogado puede evitar defectos de forma que retrasen el caso.

El desahucio por impago se tramita por juicio verbal (LEC) y suele iniciar con una demanda que puede acumular la reclamación de rentas. El juzgado admite y requiere al inquilino para pagar, desalojar o oponerse en un plazo de 10 días. Si no paga ni se opone, se dicta decreto y se fija fecha de lanzamiento. Los tiempos varían según carga del juzgado en Sevilla; como orientación, puede tardar 3–8 meses, y más si hay oposición. Es clave aportar contrato, impagos, requerimientos y datos del inmueble. Recomendación: actúa rápido para evitar más deuda y prepara bien la prueba; en keatia.es puedes comparar abogados de desahucios en Sevilla.

Para aprovechar la primera visita, lleva toda la documentación ordenada y cronológica. En arrendamientos: contrato, recibos, transferencias, comunicaciones (WhatsApp, email) y requerimientos. En deudas: facturas, albaranes, presupuestos aceptados, prueba de entrega, y datos del deudor. En daños: informes médicos, partes de accidente, fotos, presupuestos de reparación y pólizas. También conviene llevar DNI, datos de testigos y un resumen con fechas clave. El abogado evaluará viabilidad, procedimiento (verbal/ordinario/monitorio) y riesgos de costas. Recomendación: pide que te indiquen por escrito los pasos y el presupuesto; si necesitas comparar despachos en Sevilla, keatia.es es un buen recurso.

Sí. La reclamación por incumplimiento contractual se basa en el Código Civil (arts. 1101 y ss.) y exige acreditar: (1) existencia de contrato u obligación (aunque sea verbal, mejor si hay pruebas), (2) incumplimiento o cumplimiento defectuoso, (3) daño real y cuantificable, y (4) relación causal. Suele ser útil enviar un requerimiento previo, fijar un plazo de cumplimiento y recabar pruebas (presupuestos, peritajes, mensajes, facturas). El procedimiento dependerá de la cuantía: verbal u ordinario (LEC). Recomendación: calcula bien la cuantía y prepara la prueba antes de demandar; un abogado civil en Sevilla puede valorar si conviene negociar o ir a juicio.

El monitorio (arts. 812 y ss. LEC) es una vía rápida para reclamar deudas dinerarias, líquidas, vencidas y exigibles, acreditadas con documentos (facturas, albaranes, contratos, emails). Presentas solicitud en el juzgado competente y se requiere al deudor: si paga, termina; si no paga ni se opone, puedes despachar ejecución y embargar; si se opone, se transforma en verbal u ordinario según cuantía. En Sevilla es frecuente para facturas impagadas de autónomos y comunidades. Aunque puede iniciarse sin abogado si no supera 2.000 €, contar con asesoramiento ayuda a evitar oposiciones bien planteadas. Recomendación: revisa documentación y estrategia con un profesional; en keatia.es puedes encontrar abogados de monitorio en Sevilla.

Los plazos varían según el juzgado y la complejidad. En Sevilla, como orientación: un verbal puede resolverse en 6–12 meses si hay vista, y un ordinario suele irse a 12–24 meses o más. Las fases típicas son: demanda, admisión, contestación (20 días hábiles en ordinario), audiencia previa (fijación de hechos y prueba), juicio/vista y sentencia; después cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (plazo general de 20 días). La negociación puede acortar tiempos y costes. Recomendación: pide a tu abogado un calendario aproximado y escenarios; preparar bien la prueba desde el inicio suele acelerar el proceso.

La asistencia jurídica gratuita se regula por la Ley 1/1996. Debes solicitarla aportando documentación económica (rentas, patrimonio, unidad familiar) y del asunto. Como regla general, se concede si tus ingresos no superan el doble del IPREM (con incrementos según circunstancias y familia), aunque puede reconocerse excepcionalmente. En Sevilla, la tramitación se canaliza a través del Colegio de Abogados de Sevilla y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Mientras se resuelve, pueden designarte abogado y procurador provisionalmente si hay urgencia. Ojo: si mejoras económicamente o ganas con costas, puede revisarse. Recomendación: solicita cuanto antes para no perder plazos procesales y pide ayuda para completar el expediente correctamente.

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